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¿Cuántas horas destinan nuestros jueces y juezas penales a la realización de audiencias?

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Por Hugo Mangione (*)

Argentina transita un contexto de consolidación de los sistemas acusatorios donde la mayoría de las provincias han abandonado el sistema inquisitivo. Incluso en la Justicia Federal, el nuevo Código Procesal Penal Federal, sancionado hace ya casi 10 años, ordena su implementación aunque sólo fue aplicado en la jurisdicción de Salta y Jujuy.

En este nuevo paradigma acusatorio, la principal función de jueces y juezas penales es la toma de decisiones sobre el litigio, la percepción directa de la prueba y los argumentos de las partes en el marco de una audiencia. La realización de audiencias garantiza que las decisiones judiciales sean tomadas respetando la inmediatez, la publicidad y la transparencia del proceso. Además, la audiencia oral es una de las herramientas más importantes del sistema de justicia para su función de pacificación porque logra que el conflicto se traduzca en palabras, argumentos y debates controlados por la presencia del juez/a.

En ese marco, el tiempo que dedican a audiencias es una variable de análisis muy importante, no la única, teniendo en cuenta que el tiempo del juez/a es el recurso más valioso del Poder Judicial debido a su alta formación técnica y a un proceso complejo de designación. La producción de estos datos por parte de los Poderes Judiciales es un primer paso que permite comenzar a medir el nivel de oralidad de cada jurisdicción. Esta variable fue el objeto de análisis del reporte Horas en audiencia de jueces y juezas penales de la Argentina del grupo de Gestión Judicial del INECIP.

La investigación busca examinar el promedio mensual de horas en audiencias realizadas por jueces penales de garantías y de juicio de todo el país correspondientes al año 2019. Sin embargo, de los pedidos de información enviados a las 25 jurisdicciones de nuestro país (23 provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -CABA-, y sistema federal) sólo diez provincias enviaron información. Siete jurisdicciones no producen este dato tan básico,entre ellas la provincia de Córdoba; tres jurisdicciones informaron parcialmente y cinco provincias, a pesar de contar con siete meses, no contestaron el pedido de información violando el derecho al acceso de la información pública.

La provincia en el puesto número uno del ranking es Neuquén con 25 horas, le sigue Mendoza con 19:40 y CABA con 19:18. En último lugar, se encuentra Entre Ríos con 3:20. Estos números deben ser analizados en contraste con el estándar mínimo de horas que un/a juez/a penal debería estar en audiencia, propuesto por el INECIP, que contempla 72 horas por mes hábil de trabajo. Teniendo en cuenta ello, la principal conclusión de la investigación es que ninguna jurisdicción llega al 35% de ese estándar mínimo de horas. 

Más allá de los resultados alarmantes, la gran similitud es que nueve de las diez jurisdicciones que enviaron datos (con excepción de Catamarca) cuentan con oficinas judiciales o de gestión de audiencias.

Ello no es casualidad sino que habla, en principio, de una estructura administrativa con preocupación en la producción de estos datos. 

No todas las provincias de nuestro país que han implementado el sistema acusatorio han modificado su estructura organizacional. Muchas de ellas aún conviven con “juzgados” donde jueces y juezas concentran todas las tareas administrativas y jurisdiccionales. Ello genera una sobrecarga de trabajo que

tiene como consecuencia que muchas de las decisiones jurisdiccionales más importantes las toman trabajadores/as que no fueron designados/as para ello.

La oralidad es la característica central de los sistemas acusatorios, lo cual nos exige garantizar que jueces y juezas se dediquen exclusivamente a tareas jurisdiccionales, principalmente, en la toma de decisiones en el marco de una audiencia. En esa necesidad, las oficinas judiciales son elementales ya que absorben todas las tareas administrativas. Y si bien las provincias que enviaron datos en su mayoría cuentan con oficinas judiciales, los resultados indican que es crucial el fortalecimiento de sus capacidades de gestión, la profesionalización de sus integrantes y una mayor coordinación en el agendamiento de audiencias con jueces y juezas.

Esta investigación pretende aportar al debate para que las autoridades de los Poderes Judiciales comiencen a analizar cómo gestionar de manera mucho más eficiente el recurso más valioso del sistema de justicia: el tiempo de los jueces y las juezas.

(*) Coordinador del área de Investigación del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP)

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