lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Carta abierta de una protesta

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Por Luis Carranza Torres* y Carlos Krauth**, exclusivo para Comercio y Justicia

Hablábamos la pasada semana respecto de la problemática de las usurpaciones de inmuebles. Por ese mismo tiempo, cobró estado público la carta abierta, dirigida al Presidente de la Nación, de un grupo de vecinos de Villa Mascardi.

En la misiva pública, dichos ciudadanos preguntaban: “Sr. Presidente: ¿Reconoce la soberanía de la República Argentina en el Parque Nacional Nahuel Huapi?”, para luego detallar en el texto las diversas ocupaciones por la comunidad mapuche y los hechos de violencia registrados en la zona desde entonces, incluyendo robos, saqueos, incendios, agresiones a turistas y el corte en reiteradas oportunidades de la ruta nacional 40.

Expresaban que los miembros de esa comunidad están “siempre encapuchados y armados (al menos con fuego, piedras y palos que saben usar de modo muy dañino)”, provocando con sus actos “un importante daño ambiental y el bosque autóctono corre serios riesgos de daños mayores irreparables que el Estado Nacional está explícitamente obligado a prevenir”.

Se habla de inacción de la justicia, de incendios intencionales, de robos e intimidaciones varias. En suma, de la actuación en un marco de impunidad de los agresores. “Esto ya no es una discusión de títulos, estamos hablando de la soberanía del Parque Nacional Nahuel Huapi”, expresaron, al tiempo que exigieron una respuesta directa del propio Presidente, así como la intervención de las fuerzas federales “para el desalojo de los intrusos” y recobrar la tranquilidad en el área.

Recordemos al respecto lo que decía Cicerón sobre la salud de la república y el buen funcionamiento del Estado, sobre la supremacía de la “toga sobre la espada”; que no es sólo de lo civil sobre lo militar sino también del pensamiento sobre las pasiones, de las leyes respecto de los actos de facto.

No es nuestro objetivo entrar a discutir la legalidad o no del reclamo del pueblo mapuche -al respecto, vale recordar que esas tierras originariamente eran habitadas por los pueblos tehuelches, los que mantuvieron durante años una violenta disputa con los mapuches, originarios del otro lado de la cordillera, quienes derrotaron y aniquilaron a aquéllos definitivamente en 1821, luego de la batalla de Choele Choel, sino que nos referimos críticamente al uso de métodos violentos, a la débil respuesta de la justicia, a la inactividad estatal y, en definitiva, al retroceso en la defensa de los derechos ciudadanos, de la soberanía nacional y hasta de la protección al medio ambiente.

En estos tiempos de grieta y manipulaciones varias, cabría pensar si no resulta necesario reivindicar aquella máxima de Cicerón. En un Estado democrático de derecho, sólo el acatamiento de las leyes y la eficiencia de la justicia traen la paz social. La tolerancia, el respecto por los derechos de los demás, la misma vigencia de las garantías provenientes de los tratados internacionales de derechos humanos proscriben a la violencia como procedimiento válido para la consecución de cualquier objetivo. Por más nobleza o atractivo que pueda tener en abstracto.

Aquí debemos traer otra cita del pasado. La de Marie-Jeanne Roland de la Platiere, quien integraba la tendencia girondina, es decir del grupo más moderado dentro de la Revolución Francesa y quien denunció con coraje los abusos del régimen de terror impuesto, advirtiendo de que en nombre de los derechos, sólo se los conculcaban y que la revolución había perdido su rumbo. Como respuesta a sus manifestaciones, Marie-Jeanne fue condenada a muerte y guillotinada un 8 de noviembre de 1793. Camino al patíbulo, en tanto era golpeada e insultada, pronunció la frase que se haría célebre como advertencia: “¡Oh Libertad, cuántos crímenes se cometen en tu nombre!”.

Tal cual: no se puede delinquir en nombre de nada. No hay pretexto para lesionar a otro ser humano en sus derechos, cuando el mismo sistema democrático brinda las vías para expresar los disensos y abogar por los cambios o reclamos que fueren necesarios.
Resguardar que eso suceda no es algo facultativo de quienes integran los poderes públicos sino un deber inexcusable.

(*) Abogado. Doctor en ciencias jurídicas
(**) Abogado. Doctor en derecho y ciencias sociales

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