En 1997, el cuarteto danés Aqua conquistó los rankings mundiales con la pegadiza canción Barbie Girl, que era parte de su primer álbum de estudio.
Si bien el grupo ya contaba con un relativo éxito en los países escandinavos, el lanzamiento de este tema fue su despegue a escala mundial, llegando a los primeros puestos en varios países y fue uno de los debuts más importantes hasta entonces.
Barbie Girl narra un día de aventuras entre los famosos muñecos Barbie y Ken, cuyos roles fueron tomados por Lene Nystrøm y René Dif, integrantes de la agrupación, de una manera sarcástica, pero no todos lo entendieron de esta forma. Así fue que en septiembre de 1997, la mítica compañía de las muñecas Mattel promovió una demanda contra MCA Records, la agencia que manejaba a Aqua en Estados Unidos.
Para Mattel, la controvertida canción violaba la identidad comercial de la reconocida muñeca al señalarla como un objeto sexual, siendo llamada “blonde bimbo”, locución adjetiva que en esa época se utilizaba para definir a las mujeres atractivas “pero sin cerebro”.
Además, afirmó que el empaque en el que se vendía el sencillo utilizaba el color “rosa Barbie”, que también era un producto registrado por Mattel.
Luego de estas afirmaciones, la agencia MCA contrademandó a la compañía de juguetes por difamación, acción que fue descartada al considerarse que Mattel no había declarado un caso concreto contra ellos.
Finalmente, en enero de año 2003, el juez que llevaba la causa optó por desechar el caso, ya que encontró que la canción de Aqua se trataba de una parodia y que, por ello, el material estaba protegido por la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, aduciendo además que su copyright no se vio afectado porque Aqua utiliza la palabra “Barbie” para transmitir un concepto de una manera artística y que el hecho de eliminar la canción sólo provocaría que se vulnerara la libertad de expresión.
Luego de la separación del grupo musical, Mattel logró hacerse de los derechos de la controvertida canción y en el año 2009, con intención de levantar las ventas de la famosa muñeca, decidió usarla con modificaciones en la letra.
Este caso nos muestra cómo se diferencian los sistemas normativos de país en país. Si bien en nuestro derecho de autor no hay normas que reglamenten cómo debe ser una obra para estar protegida, es bien sabido que todo nuestro sistema normativo se basa en no vulnerar la moral y las buenas costumbres de la sociedad. También lo es que hay que focalizar el caso concreto porque, de haber sucedido en Argentina, a lo mejor la resolución hubiera sido diferente.
En cuanto al uso marcario tanto del color “rosa Barbie” como del embalaje, la Ley de Marca establece que pueden ser registrado los dibujos, los emblemas, las imágenes, las combinaciones de colores aplicadas en un lugar determinado del producto o de los envases, los envoltorios, entre otros.
En el caso de la canción, a todas luces podemos observar que en el videoclip se utilizan estos signos creados por Mattel y que estén registrados o no hacen a la imagen de su producto y, por ende, posibilitan obtener algún tipo de retribución por su uso.
Todo ello, sin dejar de considerar la posibilidad de poder provocar algún tipo de confusión en los consumidores, asumiendo que la canción promocionaba la tan famosa muñeca.
En resumen, si bien todo lo planteado no deja de ser distintas opiniones y diferentes puntos de vista de nuestro sistema jurídico, siempre hay que valerse del caso concreto.
* Agente de la propiedad industrial ** Abogada