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Teoría General del Proceso – Tomo II

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En el Nº 1405 de Semanario Jurídico (24/4/03), publicamos una nota bibliográfica sobre el Tomo I de la misma obra que hoy comentamos y que aborda temas complementarios de significativa importancia para lograr un conocimiento más amplio de la temática general.
Las autoras desarrollan en éste lo tocante a la acción procesal, precisando conceptos que se utilizan indistintamente y que por ello acarrean más de un equívoco sobre la verdadera naturaleza de los actos jurídico-procesales, como la pretensión, la correspondiente acumulación y sus respectivas naturalezas jurídicas.
Continúan con el tratamiento de la excepción procesal, distinguiendo las propiamente dichas de derecho de excepción; los modos alternativos de solución de conflictos (mediación, negociación, conciliación y arbitraje), las medidas cautelares y el espinoso asunto de la impugnación procesal y la prueba.
Los colaboradores, por su parte, han agregado temas de no menos trascendencia. Así, Leonardo González Zamar, hoy juez de 1ª Instancia en lo CC, aborda el principio de congruencia y las vías extraordinarias, con lo que concluye el volumen. Clara Cordeiro se dedica a la discusión y la sentencia; Patricia Asrin a actos procesales, comunicación procesal, tiempo del proceso y sanciones procesales, y Anahí Sandiano a los modos anticipados de terminación del proceso.
Los títulos ya dan una idea de la importancia de los tópicos y su adecuación a las exigencias de un estudio de los orígenes, regulación y aplicación de los institutos básicos de la legislación procesal, poniendo las cosas en sus respectivos lugares para el conocimiento, no de la mera mecánica del proceso judicial sino de sus fundamentos.
La sistemática expositiva es metodológicamente rigurosa pero no superabundante, lo que facilita su comprensión y eventual utilización práctica.
No se nos oculta que el objetivo tenido en mira por las autoras ha sido el de proveer un medio para el conocimiento de las materias tratadas, superador de la densidad de farragosos tratados a los que tenemos que apelar, sin mucha fortuna a veces, pues nuestro trajinar como litigantes no nos permite disponer del tiempo suficiente para destilar la literatura técnica erudita, a lo que se suma que, por lo general, ésta se debe a autores extranjeros e inclusive antiguos que no proveen las soluciones inmediatas que requerimos, urgidos siempre por las exigencias de los plazos procesales.
A ello debe sumarse que la obra en comentario ostenta un sabor local y actual que suma un factor de utilidad al tratamiento de los temas que se desarrollan.
Pero hay algo más. Nosotros no contamos con ciclos específicos de preparación en materia de técnica legislativa, sobre todo procesal y, lamentablemente, se cae en el tan temido “coyunturalismo”, que en algunos casos provee soluciones asistemáticas que rompen con la armonía general que debe ostentar un Código, pues éste no es una mera acumulación de normas, sino que debe obedecer a un plan armónico para evitar contradicciones intrínsecas que lo descalifiquen como instrumento de la tarea forense.
Pero para abordar con éxito el problema que significa plasmar reformas sistemáticamente correctas, es preciso conocer en profundidad el fundamento de las instituciones que componen la estructura normativa, y en la obra en comentario encontramos, precisamente, los elementos que nos conducirán por el camino correcto.
De no tenerse en cuenta tales aspectos, seguiremos con la acumulación de reformas circunstanciales que dificultan enormemente la utilización de los códigos, cuya factura debe ser rigurosamente metódica.
La edición, como siempre, es sobria y pulcra, a lo que se suma la indicación de la bibliografía complementaria que opera como una guía segura para quienes deseen ampliar el desarrollo de los temas a que se refieren las citas.
Consideramos un verdadero suceso editorial en el panorama de la literatura jurídica de Córdoba, que ha venido a llenar un vacío significativo, lo que le asegura su perdurabilidad como instrumento de estudio y consulta.

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