Pocas veces hemos visto una descripción tan lacónica y tan profunda a la vez del estado de cosas que nos asuela.
Muchas veces se soslaya la lectura de los prólogos, salvo que los rubrique algún prestigioso, pero, en este caso, aunque sea un “proemio” escrito por el autor, vale la pena leerlo y releerlo.
Pasando a la obra en sí, trata de la problemática creada a partir del fatídico primero de diciembre de 2001, en que se entronizó un “estado de sitio económico” e institucional por cuanto quedaron suspendidas todas las garantías constitucionales que, en lo tocante al derecho de propiedad creditorio, fueron tiradas por la borda. El daño que se ha hecho a la República tardará mucho tiempo en repararse si es que logramos reconstruirnos.
Virando el estilo prologal, ya destacado, el autor aborda como primera cuestión “La emergencia en la doctrina de la Corte”; luego lo tocante a la estructuración de la emergencia a partir de la ley de convertibilidad 23.928; el caso “Smith” y los decretos de necesidad y urgencia.
Luego ingresa en el terreno del proceso, a partir de la concepción del “debido proceso”, la revisión de los contratos, el cálculo del CER (ley 25.713), la cuestión de la vivienda única y los precedentes, aunque no toca el tema en relación a nuestra provincia y la jurisprudencia sentada en torno al art. 58 de la Constitución Provincial.
Pasa inmediatamente al tema del “amparo”, el alcance de los nuevos plenarios, el procedimiento amparista y el amparo colectivo. Completa el aspecto formal con lo relativo a las medidas cautelares, la Ley Tapón, los recursos, las medidas innovativas y autosatisfactivas.
El capítulo más significativo es el relacionado con la ejecución de la sentencia, su suspensión, las ejecuciones contra el Estado y el análisis del dec. 2415/02.
Completa el panorama con el estudio de la cuestión constitucional, la acción declarativa, la de inconstitucionalidad y las medidas cautelares en tal aspecto, el recurso extraordinario federal y el certiorari en la provincia de Buenos Aires.
Le sigue a ello un apéndice normativo, de singular utilidad para ubicarnos en el piélago de disposiciones que se han ido sumando para crear lo que él ha calificado acertadamente de “caos”; con referencias temáticas y de ubicación y, por supuesto, la bibliografía consultada.
Como se podrá observar, al leer, analizar y usar la obra, se trata de un vademecum práctico para el litigante y para el juez, que lo transforma en un manual operativo antes que de desarrollo de análisis doctrinarios.
No obstante, como es nuestra costumbre -no sé si mala o buena-, no podemos dejar de incorporar nuestro aporte y nos permitimos señalar que, si en algún momento de la historia la Justicia ha llenado las expectativas del sufriente pueblo argentino, ha sido en esta “emergencia de la emergencia”, como lo hemos podido comprobar respecto a la Justicia Federal de Córdoba, que no obstante haber sido desbordada en sus previsiones operativas, viene resolviendo con regularidad los planteos que se han formulado a través del alud de amparos que ha debido tratar. El “Tercer Poder” ha demostrado así que es tal.
Decisiva e ineludible lucha del pueblo para defender el destino de la Patria
La realidad es la única verdad La estrategia colonialista del siglo 20 -que muchos argentinos desconocemos y otros simulan desconocer- fue concebida...