viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Impulsan el proyecto “del arrepentido de su compra”

HASTA EL VIERNES. Algunas plataformas extenderán la iniciativa toda la semana.
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Se trata de una figura comercial creada con el objeto de evitar publicidades engañosas y recepciones varias al momento de recibir el bien, generalmente adquirido vía comercio electrónico

A partir del crecimiento del comercio electrónico y la comercialización online, muchos de los productos que arriban a los hogares no coinciden con las expectativas de sus compradores.
A raíz de este panorama, el senador nacional por San Juan, Roberto Basualdo, presentó un proyecto de ley que tiene como fin implementar la figura comercial denominada “arrepentimiento de compra”.
“Con el incremento de las ventas a través de la web o catálogo, la imposibilidad del contacto con el bien hace que a veces el producto no satisfaga las necesidades de los clientes. A esto se le añaden los mecanismos de publicidad maliciosa que tienden a resaltar características inexistentes con tal de aumentar las ventas. Es por eso que se necesitan herramientas legales que permitan la defensa de los derechos del consumidor”, indicó Basualdo.
Asimismo, el legislador resaltó que “con esta ley evitaríamos publicidades engañosas y decepciones varias al momento de la adquisición de bienes. Existen precedentes en otros países, como Chile, Colombia y Estados Unidos, sobre el buen funcionamiento de este método”.
El arrepentimiento de compra podrá ser ejercido por el consumidor en un término de tres días hábiles a partir de aquel en que recibe el bien. El comercio contará con plazos idénticos, a partir de la devolución efectiva del bien, para realizar el reintegro en efectivo.
En el caso de que el pago haya sido realizado con tarjeta de crédito o débito, con la devolución el comercio deberá realizar la anulación de compra y los trámites pertinentes.
El proyecto indica que el comerciante no podrá descontar monto alguno al consumidor.
Asimismo, fija la prohibición a las entidades financieras de cobrar algún tipo de comisión al comerciante por esta operación, realizada y posteriormente anulada.
Según establece el proyecto, podrán hacer uso del derecho de arrepentimiento los consumidores de bienes comercializados tanto en locales como por catálogo e Internet.
No obstante, se fijarán como excepciones las devoluciones de productos alimentarios de cualquier origen, medicamentos y cualquier otro de uso perecedero o que por su naturaleza no permita devolución.

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