En la actualidad existe un vacío legal con respecto a la habilitación de negocios en la ciudad de Córdoba.
Fuera de los rubros que se ajustan a sus ordenanzas específicas de habilitación (playas de estacionamiento, gimnasios, almacenes, entre otros), el resto se somete al mecanismo del “uso y la costumbre” instaurado hace más de 20 años, según comentó la directora de Habilitación de Negocios de la Municipalidad de Córdoba, María Fernanda Sánchez.
Esto, sumado a que la Dirección municipal recibe diariamente alrededor de cien trámites de habilitación de negocios entre altas de rubro e inicio de actividad, impulsó a la Dirección de Coordinación y Gestión a formular un Código de habilitación de negocios que tipifique las habilitaciones comerciales y legisle sobre el procedimiento para obtenerlas.
“Planteamos el paso a paso de cómo debe ser el trámite de habilitación de una acitividad simple y compleja”, agregó Sánchez a Comercio y Justicia.
El Código de Habilitación regulará la actividad comercial, industrial y de servicios en el ámbito de la ciudad de Córdoba. “El proyecto quita discrecionalidad ya que imparte un mismo procedimiento para todo los rubros, acción que debe ser igualmente implementada por el área central como por los Centros de Participación Comunal (CPC)”, añadió la funcionaria.
Entre otras ventajas, la fijación de pautas para la obtención del certificado habilitante evitará trámites que se tornan “crónicos” por no cumplimentar con la documentación en los pasos predeterminados, o bien, trámites que se archivan por no recibir retorno del constribuyente en 90 días.
El proyecto contempla la aplicación de normas específicas o de orden superior como las de seguridad e higiene, alimentación, salud pública, impacto ambiental, edificación, uso y ocupación del suelo.
A su vez, planea el otorgamiento de la habilitación definitiva por cinco años una vez cumplimentados todos los requisitos. Y propone una habilitación provisoria por 180 días con la presentación de requisitos mínimos. “Esto le permitirá al contribuyente operar mientras cumplimenta el resto de las inversiones para habilitar el local, que en muchos casos suelen ser onerosas.”, aclaró Sánchez.
Pasos a seguir
1) Inscripción en Recursos Tributarios y formalización de la solicitud para comerciar, con datos y documentos adjuntos.
2) Cartera verifica la documentación.
3) De ser necesarios por el tipo de rubros, gestionar los certificados de Obras Privadas, Ambiente, Tránsito y Bomberos (en Mesa de Entrada).
4) Dirección inspecciona el local comercial.
5) Se otorga el certificado Habilitante del negocio.
De faltar algún requisito previsto en las normas específicas del rubro o en el Código, la Dirección emplazará al contribuyente por el término de 10 días para cumplimentar la observación realizada. “En caso que el trámite sea debidamente cumplimentado en término, el certificado se puede entregar en dos días” precisó la funcionaria.
En el Concejo
El proyecto está en discusión en la Comisión de Legislación General. Según la presidenta del bloque de concejales del Frente Cívico y Social, Graciela Villata, tendrá una amplio debate porque se deben estu