El 1 de junio entrará en vigencia la certificación de los límites de emisiones gaseosas contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas provenientes de automotores en Argentina, según estableció la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
La totalidad de los vehículos que circulan por el territorio nacional deberán ajustarse a los límites sobre emisiones contaminantes, se precisa en la Resolución 35/09, publicada el lunes en el Boletín Oficial.
Por esta norma, la Secretaría se constituye como autoridad competente para todos los aspectos relativos a la emisión de contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas, provenientes de automotores. De acuerdo con la Resolución, la Secretaría está facultada para aprobar las configuraciones de los nuevos modelos de automotores que circularán en el país.
La repartición determinará el procedimiento a seguir para obtener el certificado correspondiente de aprobación de las unidades. El 1 de junio entrará en vigencia la certificación de los límites contaminantes que establecen las etapas B1 de Directivas Europeas 1998/69/CE y 1999/96/CE (EURO IV para vehículos livianos y pesados).
La medida incluye además a los nuevos modelos de vehículos livianos diesel N1, los de la categoría M1 mayores de 2.500 Kg. o con más de siete asientos y los motores que equipan los vehículos pesados en toda la gama.
Asimismo, establece que, a partir de ahora, toda certificación de nuevo modelo o motor deberá ser solicitada con al menos seis meses de antelación a la fecha en la que opera el vencimiento establecido para la metodología de ensayo, límites de contaminantes gaseosos y sonoros.
Según establece la normativa, el 31 de diciembre de 2011 cesarán las autorizaciones previas como la Euro III y desde la fecha indicada no se podrán fabricar o importar unidades que no cumplan con los máximos requisitos descontaminantes con que se fabrican los vehículos en Europa.