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Taxis y remises: a partir del próximo día 12 regirán nuevas tarifas en la ciudad de Córdoba

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La bajada de bandera diurna para taxis será de $98,88, y para remises de $100,32; en tanto, la nocturna ascenderá a $113,71 y $115,37, respectivamente. A partir del 11 de septiembre la bajada de bandera diurna pasará a costar $ 107,12 (taxi) y $108,68 (remís) y la nocturna $ 123,19 y $124,98, respectivamente

Municipalidad de Córdoba 

Resolución N° 324 “F”

CÓRDOBA, 07 JUNIO DE 2021

VISTO: 

El Expediente N° 104-011018/2021, a través del cual la Dirección de Movilidad Urbana, eleva estudios de costos para adecuación tarifaria para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, de conformidad a las previsiones del Artículo 166° de la Ordenanza Nº 12.120.

Y CONSIDERANDO:

QUE el Artículo 166° de la Ordenanza N° 13.120, faculta a partir de la sanción de la misma, al Departamento Ejecutivo Municipal para adecuar las Tarifas oportunamente fijadas para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer en todas sus modalidades, de conformidad a las previsiones de la Ordenanza N° 12.859.

QUE mediante Decreto N° 095/2021, el Sr. Intendente Municipal delega en el Secretario de Movilidad Urbana dichas facultades.

QUE a tales efectos la Dirección de Movilidad Urbana realizó el cálculo de la tarifa a implementar, mediante el análisis de las minutas de costos y determinación de la tarifa del servicio, efectuando un relevamiento de precios de repuestos e insumos en comercios locales durante el mes de Mayo de 2021.

QUE el estudio permite comprobar un incremento en los costos del servicio del orden del 30% (treinta por ciento), el cual se considera en consonancia con lo que puede verificarse en otras actividades económicas en los últimos 6 meses. No obstante ello y a efectos de minimizar el impacto de dicho porcentaje, se estima conveniente que el ajuste de la tarifa se lleve a cabo en forma escalonada, aplicando un incremento del 20% (veinte por ciento) sobre las tarifas vigentes a partir del día 12 de Junio de 2021 y un 10% (diez por ciento) adicional (sobre las tarifas adecuadas por Resolución Serie “F” N° 262/2020 ), a partir del 04 de Septiembre de 2021.

QUE conforme estas premisas y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza Nº 12.859, la Dirección informante acompaña propuesta de tarifas para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba en sus modalidades de Auto Taxi, Auto Taxi para Personas con Discapacidad, Auto Remis, Auto Remis para Personas con Discapacidad y Autos de Alquiler de Lujo.

QUE a tales efectos la minuta de los Servicios de Autos de Alquiler con Chofer en todas sus modalidades, considera el costo del servicio para un vehículo con aparato taxímetro que trabaja dieciséis (16) horas diarias o sea dos (2) turnos de ocho (8) horas cada uno.

QUE asimismo se eleva la adecuación de la tarifa nocturna para todas las modalidades de Autos de Alquiler con Chofer para aquellos viajes que se realicen entre las 22:00 hs. y 06:00 hs. del día siguiente, fijada en un 15% (quince por ciento) superior a la tarifa diurna.

ATENTO A ELLO, y en uso de sus atribuciones,

EL SECRETARIO DE MOVILIDAD URBANA RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- DISPÓNESE,a partir de las 00:00 horas del día 12 de Junio de 2021, la adecuación de las Tarifas para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, conforme el siguiente detalle.

ARTICULO 2°.- ADÉCUASE, la tarifa diurna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en sus modalidades de Auto Taxi y Auto Taxi para Personas con Discapacidad, en PESOS NOVENTA Y OCHO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 98,88), para la Bajada de Bandera y en PESOS CUATRO CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 4,94), el valor de la ficha cada ciento diez (110) metros de viaje recorrido.

ARTÍCULO 3º.-ADÉCUASE,en la suma de PESOS CUATRO CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 4,94), el valor de la ficha cada sesenta (60) segundos de tiempo de espera para las modalidades de Auto Taxi y Auto Taxi para Personas con Discapacidad.

ARTÍCULO 4º.-ADÉCUASE la tarifa diurna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en sus modalidades de Auto Remis y Auto Remis para Personas con Discapacidad, en PESOS CIEN CON TREINTA Y DOS CENTAVOS ($ 100,32) para la Bajada de Bandera y en PESOS CUATRO CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($4,82), el valor de la ficha cada cien (100) metros de viaje recorrido.

ARTÍCULO 5º.-ADÉCUASE en la suma de PESOS CUATRO CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($4,82), el valor de la ficha, cada sesenta (60) segundos de tiempo de espera para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer, en su modalidad de Auto Remis y Auto Remis para Personas con Discapacidad.

ARTÍCULO 6º.-ADÉCUASE la tarifa diurna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en su modalidad de Auto de Alquiler de Lujo, en PESOS CIENTO OCHO CON SETENTA Y TRES CENTAVOS ($108,73), para la Bajada de Bandera y en PESOS CINCO CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 5,44), el valor de la ficha cada cien (100) metros de viaje recorrido.

ARTÍCULO 7º.-ADÉCUASE en la suma de PESOS CINCO CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 5,44), el valor de la ficha cada 60 (sesenta) segundos de tiempo de espera para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer, en su modalidad de Auto de Alquiler de Lujo.

ARTÍCULO 8º.-ADÉCUASE la tarifa nocturna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en sus modalidades de Auto Taxi y Auto Taxi para Personas con Discapacidad, en PESOS CIENTO TRECE CON SETENTA Y UN CENTAVOS ($ 113,71), para la Bajada de Bandera y en PESOS CINCO CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 5,68), el valor de la ficha cada ciento diez (110) metros de viaje recorrido, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente .

ARTÍCULO 9º.-ADÉCUASE en la suma de PESOS CINCO CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 5,68), el valor de la ficha cada sesenta (60) segundos de tiempo de espera para las modalidades de Auto Taxi y Auto Taxi para Personas con Discapacidad, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.

ARTÍCULO 10°.-ADÉCUASE la tarifa nocturna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en sus modalidades de Auto Remis y Auto Remis para Personas con Discapacidad, en PESOS CIENTO QUINCE CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 115,37) para la Bajada de Bandera y en PESOS CINCO CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 5,54), el valor de la ficha cada cien (100) metros de viaje recorrido, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.

ARTÍCULO 11º.-ADÉCUASE en la suma de PESOS CINCO CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 5,54), el valor de la ficha, cada sesenta (60) segundos de tiempo de espera para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer, en sus modalidades de Auto Remis y Auto Remis para Personas con Discapacidad, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente. 

ARTÍCULO 12º.-ADÉCUASE la tarifa nocturna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en su modalidad de Auto de Alquiler de Lujo, en PESOS CIENTO VEINTICINCO CON CUATRO CENTAVOS ($ 125,04), para la Bajada de Bandera y en PESOS SEIS CON VEINTISEIS CENTAVOS ($ 6,26), el valor de la ficha cada cien (100) metros de viaje recorrido, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.

ARTÍCULO 13º.-ADÉCUASE en la suma de PESOS SEIS CON VEINTISEIS CENTAVOS ($ 6,26), el valor de la ficha cada 60 (sesenta) segundos de tiempo de espera para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer, en su modalidad de Auto de Alquiler de Lujo, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.

ARTÍCULO 14°.- DISPONESE, a partir de las 00:00 horas del día 11 de Septiembre de 2021, la adecuación de las Tarifas para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, conforme el siguiente detalle.

ARTÍCULO 15º.-ADÉCUASE, la tarifa diurna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en sus modalidades de Auto Taxi y Auto Taxi para Personas con Capacidad Diferente, en PESOS CIENTO SIETE CON DOCE CENTAVOS ($ 107,12), para la Bajada de Bandera y en PESOS CINCO CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 5,36), el valor de la ficha cada ciento diez (110) metros de viaje recorrido.

ARTÍCULO 16°.-ADÉCUASE,en la suma de PESOS CINCO CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 5,36), el valor de la ficha cada sesenta (60) segundos de tiempo de espera para las modalidades de Auto Taxi y Auto Taxi para Personas con Discapacidad.

ARTÍCULO 17º.-ADÉCUASE la tarifa diurna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en sus modalidades de Auto Remis y Auto Remis para Personas con Discapacidad, en PESOS CIENTO OCHO CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 108,68) para la Bajada de Bandera y en PESOS CINCO CON VEINTIRES CENTAVOS ($ 5,23), el valor de la ficha cada cien (100) metros de viaje recorrido.

ARTÍCULO 18°.-ADÉCUASE en la suma de PESOS CINCO CON VEINTIRES CENTAVOS ($ 5,23), el valor de la ficha, cada sesenta (60) segundos de tiempo de espera para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer, en su modalidad de Auto Remis y Auto Remis para Personas con Discapacidad.

ARTÍCULO 19º.-ADÉCUASEla tarifa diurna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en su modalidad de Auto de Alquiler de Lujo, en PESOS CIENTO DIECIESIETE CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 117,79), para la Bajada de Bandera y en PESOS CINCO CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 5,89), el valor de la ficha cada cien (100) metros de viaje recorrido. 

ARTÍCULO 20º.-ADÉCUASE en la suma de PESOS CINCO CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 5,89), el valor de la ficha cada 60 (sesenta) segundos de tiempo de espera para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer, en su modalidad de Auto de Alquiler de Lujo.

ARTÍCULO 21º.-ADÉCUASE la tarifa nocturna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en sus modalidades de Auto Taxi y Auto Taxi para Personas con Discapacidad, en PESOS CIENTO VEINTITRES CON DIECINUEVE CENTAVOS ($ 123,19), para la Bajada de Bandera y en PESOS SEIS CON DEICISEIS CENTAVOS ($ 6,16), el valor de la ficha cada ciento diez (110) metros de viaje recorrido, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente .

ARTÍCULO 22º.-ADÉCUASE en la suma de PESOS SEIS CON DEICISEIS CENTAVOS ($ 6,16), el valor de la ficha cada sesenta (60) segundos de tiempo de espera para las modalidades de Auto Taxi y Auto Taxi para Personas con Discapacidad, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.

ARTÍCULO 23°.-ADÉCUASE la tarifa nocturna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en sus modalidades de Auto Remis y Auto Remis para Personas con Discapacidad, en PESOS CIENTO VEINTICUATRO CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 124,98) para la Bajada de Bandera y en PESOS SEIS CON UN CENTAVO ($ 6,01), el valor de la ficha cada cien (100) metros de viaje recorrido, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.

ARTÍCULO 24º.-ADÉCUASE en la suma de PESOS SEIS CON UN CENTAVO ($ 6,01), el valor de la ficha, cada sesenta (60) segundos de tiempo de espera para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer, en sus modalidades de Auto Remis y Auto Remis para Personas con Discapacidad, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.

ARTÍCULO 25º.-ADÉCUASE la tarifa nocturna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en su modalidad de Auto de Alquiler de Lujo, en PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO CON CAURENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 135,46), para la Bajada de Bandera y en PESOS SEIS CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 6,77), el valor de la ficha cada cien (100) metros de viaje recorrido, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.

ARTÍCULO 26º.-ADÉCUASE en la suma de PESOS SEIS CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 6,77), el valor de la ficha cada 60 (sesenta) segundos de tiempo de espera para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer, en su modalidad de Auto de Alquiler de Lujo, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.

ARTÍCULO 27º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese, pase a Dirección de Movilidad Urbana a los fines de notificación a las Empresas Habilitadas a los fines de la programación de los relojes taxímetros, dese copia a la Dirección de Prensa, dese copia al Concejo Deliberante de la Ciudad. Cumplido, ARCHÍVESE

Fdo: Ing. Marcelo Daniel Mansilla – Secretario de Movilidad Urbana Gonzalo Guevara – Subsecretario de Movilidad Urbana

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Córdoba Nº 3739 del 8 de junio de 2021. 

Comentarios 1

  1. Interesante información, gracias

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