martes 5, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Tarjeta Alimentar: incrementan 50% los montos mensuales que perciben los beneficiarios

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La categoría básica -que estaba en $4.000- pasa a $6.000; en tanto, la categoría ampliada -fijada en $6.000- se eleva a $9.000

Resolución 63/21-MDS

Ciudad de Buenos Aires, 02/02/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-08443473-APN-DNSA#MDS y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y complementarias establece que compete a este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la política social orientada a la asistencia, promoción, cuidados e inclusión social y el desarrollo humano, la seguridad alimentaria, la reducción de la pobreza, el desarrollo de igualdad de oportunidades para los sectores más vulnerables, en particular para las personas con discapacidad, las niñas, los niños y adolescentes, las mujeres y los adultos mayores, la protección de las familias y el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias, así como en lo relativo al acceso a la vivienda y el hábitat dignos y a la integración socio urbana, y al cumplimiento de los compromisos asumidos en relación con los tratados internacionales y los convenios multinacionales, en materia de su competencia.

Que mediante la Ley N° 27.519 se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2022, la Emergencia Alimentaria Nacional dispuesta por el Decreto Nº 108/02.

Que mediante la RESOL-2020-8-APN-MDS, se creó el PLAN NACIONAL “ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE”, cuyo objetivo general es el de garantizar la seguridad y soberanía alimentaria de toda la población y familias argentinas, con especial atención en los sectores de mayor vulnerabilidad económica y social, conforme los lineamientos generales y componentes establecidos en su ANEXO identificado como IF-2020-01699794-APN-SSAJI#MSYDS.

Que en ese marco, se ha aprobado, entre otros, el Componente A – SEGURIDAD ALIMENTARIA, del mencionado PLAN, que contempla la Tarjeta Alimentar, Prestaciones para Comedores Escolares y Prestaciones para Merenderos y Comedores Comunitarios, con el objeto de garantizar a las familias más vulnerables el acceso a los alimentos.

Que mediante la RESOL-2020-26-APN-MDS, se aprobaron los LINEAMIENTOS OPERATIVOS inherentes al COMPONENTE A -SEGURIDAD ALIMENTARIA – TARJETA ALIMENTAR, del PLAN NACIONAL “ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE”, con arreglo a los términos del IF-2020-03289416-APNSSAJI#MSYDS, que como ANEXO I forma parte integrante de la indicada Resolución.

Que en el apartado 6) de los Lineamientos Operativos referidos en el considerando anterior, se establecieron dos categorías de la prestación a titulares: la Categoría Básica, por un monto de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000), y la Ampliada, por un monto de PESOS SEIS MIL ($ 6.000.-), indicándose que los montos podrán ser modificados según disponga este Ministerio.

Que, por el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio, se amplió la emergencia pública en materia sanitaria, establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) con relación al coronavirus COVID-19.

Que en virtud de lo expuesto y en atención a la situación por la que atraviesa nuestro país, alcanzando extremos niveles de pobreza, agravada por la situación de emergencia sanitaria durante la pandemia por COVID-19, resulta imperioso instrumentar las medidas necesarias y adecuadas para paliar tal situación y fortalecer los instrumentos que se vienen implementando a fin de coadyuvar la búsqueda de condiciones más equitativas.

Que, en este entendimiento, resulta necesario tomar las medidas adecuadas que permitan al Estado Nacional fortalecer la atención alimentaria que se brinda a las personas, a fin de garantizar la más amplia protección y asistencia posible que permita paliar la Emergencia Alimentaria en la que nos encontramos.

Que en virtud de lo expuesto en los considerandos anteriores, se estima necesario incrementar en un CINCUENTA POR CIENTO (50 %) los montos establecidos para cada categoría en el apartado 6) de los LINEAMIENTOS OPERATIVOS inherentes al COMPONENTE A -SEGURIDAD ALIMENTARIA –TARJETA ALIMENTAR, del PLAN NACIONAL “ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE”, aprobados por RESOL-2020-26-APN-MDS.

Que la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, en su carácter de Unidad de Aplicación del mencionado componente y la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, han intervenido en el marco de sus competencias.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y complementarias, y el Decreto N° 14 del 10 de diciembre de 2019.

Por ello,

EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°- Modifícanse los montos establecidos en el apartado 6) de los LINEAMIENTOS OPERATIVOS inherentes al COMPONENTE A -SEGURIDAD ALIMENTARIA – TARJETA ALIMENTAR, del PLAN NACIONAL “ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE”, que como Anexo IF-2020-03289416-APN-SSAJI#MSYDS, fueron aprobados por RESOL-2020-26-APN-MDS, de acuerdo con el siguiente detalle:

Categoría Básica: PESOS SEIS MIL ($ 6.000.-)

Categoría Ampliada: PESOS NUEVE MIL ($ 9.000.-)

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Daniel Fernando Arroyo

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 34.578 del 4 de febrero de 2021.

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