lunes 10, febrero 2025
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Comercio y Justicia 85 años

Ajustan el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) aplicable a infracciones a la Ley Provincial de Tránsito

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La Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito de la Provincia de Córdoba estableció la UF en $1.216, importe que equivale a un litro de nafta super tomado al día 3 de enero del corriente año
 
Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito
Resolución N° 1

Córdoba, 06 de enero de 2025

VISTO: El expediente N° 0458-001877/2025 y lo establecido por el artículo 121 de la Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O 2004).

Y CONSIDERANDO:

Que la norma dispone que el valor de la multa por infracciones a la Ley Provincial de Transito N°8560 (T.O 2004), se determina en Unidades Fijas denominadas U.F, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público correspondiente a un (1) litro de nafta súper.

Que conforme lo informado por la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República (FECAC), el valor del referido combustible al día 3 de enero del corriente año es de pesos Un Mil doscientos dieciséis con cero centavos ($1.216,00) registrando una variación con relación al valor dispuesto por la resolución anterior.

Por ello, en virtud de lo dispuesto por la ley 8560 (T.O 2004), y sus modificatorias.

EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO RESUELVE:

1°: ESTABLECER, el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) por infracciones a la Ley Provincial de Transito 8560 (T.O 2004) en la suma de pesos Un mil doscientos dieciséis con cero centavos ($1.216,00).

2°: DISPONER como período de vigencia del valor de la Unidad Fija señalada por el punto que antecede, el comprendido desde el día de la publicación de la presente y hasta que se determine un nuevo valor mediante la resolución respectiva.

3°: ORDENAR, que, por el Área correspondiente, se proceda a notificar a las Autoridades avocadas al juzgamiento de actas labradas por infracción a Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O 2004), a la Dirección General de la Policía Caminera, a la Dirección General de Rentas y a la Dirección de Sistemas del Ministerio de Seguridad.

4°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

FDO.: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N°15 del 22 de enero de 2025.

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