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Comercio y Justicia 85 años

Jubilados y pensionados: Anses aprobó calendario de pago

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Rige para las emisiones correspondientes a los meses de junio -que incluye la primera cuota del haber anual complementario- julio y agosto de 2023

Resolución 108/23-Anses

Ciudad de Buenos Aires, 18/05/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-49108209- -ANSES-DPB#ANSES del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Resolución D.E.-A N° 327 de fecha 3 de noviembre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario establecer el Calendario de Pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para las emisiones de los meses de Junio, que incluye la primera cuota del haber anual complementario, Julio y Agosto de 2023.

Que en consecuencia corresponde adecuar las fechas de pago al pronóstico de ingresos al Sistema Previsional, en particular los provenientes de la recaudación de aportes y contribuciones sobre la nómina salarial.

Que la Resolución D.E.-A N° 327 de fecha 3 de noviembre de 2009 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), en su artículo 1°, establece los conceptos a considerar para la determinación de los intervalos de pago.

Que las condiciones financieras vigentes para atender las obligaciones previsionales, permiten establecer el esquema de pago, en VEINTE (20) grupos.

Que la entonces Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, emitiendo Dictamen Nº 15.541/00, según Informe N° IF-2023-49456155-ANSES-DPB#ANSES.

Que la Comunicación “A” 6386 de fecha 8 de diciembre de 2017 del Banco Central de la República Argentina, regula el proceso de rendición de cuentas para las entidades financieras participantes en la operatoria de pago de los beneficios de la Seguridad Social a cargo de esta ANSES.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 2741/91, el artículo 36 de la Ley N° 24.241 y el Decreto N° 429/2020.

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébense los calendarios de pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para las emisiones correspondientes a los meses de Junio, que incluye la primera cuota del haber anual complementario, Julio y Agosto de 2023, que como Anexos I (IF-2023-52742624-ANSES-DPB#ANSES), II (IF-2023-52744100-ANSES-DPB#ANSES)y III (IF-2023-52745239-ANSES-DPB#ANSES) respectivamente, forman parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Delégese en la Dirección General de Finanzas, la determinación del importe para los intervalos de pago, de acuerdo a lo establecido en la Resolución D.E. A N° 327 de fecha de fecha 3 de noviembre de 2009 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

ARTÍCULO 3º.- Establécese que la presentación de la rendición de cuentas, deberá efectuarse de acuerdo a lo establecido por la Comunicación “A” 6386 del Banco Central de la República Argentina de fecha 8 de diciembre de 2017.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Maria Fernanda Raverta

Referencia: ANEXO I – mensual Junio/2023

Calendario de pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para la emisión correspondiente al mes de Junio de 2023, que incluye la primera cuota del haber anual complementario, cuya fecha de inicio de pago quedará fijada conforme se indica a continuación: 

I. Beneficiarios de PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS: 

GRUPO DE PAGO 1: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 1 de junio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 2: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 2 de junio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 3: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 5 de junio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 4: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 6 de junio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 5: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de junio de 2023. 

II. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cuyos haberes mensuales, sólo códigos 001 y todas sus empresas, el 003 y todas sus empresas, y el 022-022, en el marco de los establecido por la Resolución D.E. N° 327 de fecha de fecha 3 de noviembre de 2009 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), no superen el monto establecido para el primer intervalo de pago: 

GRUPO DE PAGO 6: Documentos terminados en 0, a partir del día 8 de junio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 7: Documentos terminados en 1, a partir del día 9 de junio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 8: Documentos terminados en 2, a partir del día 12 de junio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 9: Documentos terminados en 3, a partir del día 13 de junio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 10: Documentos terminados en 4, a partir del día 14 de junio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 11: Documentos terminados en 5, a partir del día 15 de junio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 12: Documentos terminados en 6, a partir del día 16 de junio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 13: Documentos terminados en 7, a partir del día 21 de junio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 14: Documentos terminados en 8, a partir del día 22 de junio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 15: Documentos terminados en 9, a partir del día 23 de junio de 2023. 

III. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cuyos haberes mensuales, sólo códigos 001 y todas sus empresas, el 003 y todas sus empresas, y el 022-022, en el marco de los establecido por la Resolución D.E. N° 327 de fecha de fecha 3 de noviembre de 2009 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), superen el monto establecido para el primer intervalo de pago: 

GRUPO DE PAGO 16: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 26 de junio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 17: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 27 de junio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 18: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 28 de junio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 19: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 29 de junio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 20: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 30 de junio de 2023. Determínase el día 12 de Julio de 2023, como plazo de validez para todas las Órdenes de Pago Previsional, y Comprobantes de Pago del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones No Contributivas.

Referencia: 

ANEXO II – mensual Julio/2023 

Calendario de pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para la emisión correspondiente al mes de Julio de 2023, cuya fecha de inicio de pago quedará fijada conforme se indica a continuación: 

I. Beneficiarios de PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS: 

GRUPO DE PAGO 1: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 3 de julio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 2: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 4 de julio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 3: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 5 de julio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 4: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 6 de julio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 5: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de julio de 2023. 

II. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cuyos haberes mensuales, sólo códigos 001 y todas sus empresas, el 003 y todas sus empresas, y el 022-022, en el marco de los establecido por la Resolución D.E. N° 327 de fecha de fecha 3 de noviembre de 2009 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), no superen el monto establecido para el primer intervalo de pago: 

GRUPO DE PAGO 6: Documentos terminados en 0, a partir del día 10 de julio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 7: Documentos terminados en 1, a partir del día 11 de julio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 8: Documentos terminados en 2, a partir del día 12 de julio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 9: Documentos terminados en 3, a partir del día 13 de julio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 10: Documentos terminados en 4, a partir del día 14 de julio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 11: Documentos terminados en 5, a partir del día 17 de julio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 12: Documentos terminados en 6, a partir del día 18 de julio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 13: Documentos terminados en 7, a partir del día 19 de julio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 14: Documentos terminados en 8, a partir del día 20 de julio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 15: Documentos terminados en 9, a partir del día 21 de julio de 2023. 

III. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cuyos haberes mensuales, sólo códigos 001 y todas sus empresas, el 003 y todas sus empresas, y el 022-022, en el marco de los establecido por la Resolución D.E. N° 327 de fecha de fecha 3 de noviembre de 2009 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), superen el monto establecido para el primer intervalo de pago: 

GRUPO DE PAGO 16: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 24 de julio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 17: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 25 de julio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 18: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 26 de julio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 19: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 27 de julio de 2023. 

GRUPO DE PAGO 20: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 28 de julio de 2023. 

Determínase el día 10 de Agosto de 2023, como plazo de validez para todas las Órdenes de Pago Previsional, y Comprobantes de Pago del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones No Contributivas.

ANEXO III – mensual Agosto/2023

Calendario de pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para la emisión correspondiente al mes de Agosto de 2023, cuya fecha de inicio de pago quedará fijada conforme se indica a continuación: 

I. Beneficiarios de PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS: 

GRUPO DE PAGO 1: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 1 de agosto de 2023. 

GRUPO DE PAGO 2: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 2 de agosto de 2023. 

GRUPO DE PAGO 3: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 3 de agosto de 2023. 

GRUPO DE PAGO 4: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 4 de agosto de 2023. 

GRUPO DE PAGO 5: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de agosto de 2023. 

II. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cuyos haberes mensuales, sólo códigos 001 y todas sus empresas, el 003 y todas sus empresas, y el 022-022, en el marco de los establecido por la Resolución D.E. N° 327 de fecha de fecha 3 de noviembre de 2009 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), no superen el monto establecido para el primer intervalo de pago: 

GRUPO DE PAGO 6: Documentos terminados en 0, a partir del día 8 de agosto de 2023. 

GRUPO DE PAGO 7: Documentos terminados en 1, a partir del día 9 de agosto de 2023. 

GRUPO DE PAGO 8: Documentos terminados en 2, a partir del día 10 de agosto de 2023.

GRUPO DE PAGO 9: Documentos terminados en 3, a partir del día 11 de agosto de 2023. 

GRUPO DE PAGO 10: Documentos terminados en 4, a partir del día 14 de agosto de 2023. 

GRUPO DE PAGO 11: Documentos terminados en 5, a partir del día 15 de agosto de 2023. 

GRUPO DE PAGO 12: Documentos terminados en 6, a partir del día 16 de agosto de 6023. 

GRUPO DE PAGO 13: Documentos terminados en 7, a partir del día 17 de agosto de 2023. 

GRUPO DE PAGO 14: Documentos terminados en 8, a partir del día 18 de agosto de 2023. 

GRUPO DE PAGO 15: Documentos terminados en 9, a partir del día 22 de agosto de 2023. 

III. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cuyos haberes mensuales, sólo códigos 001 y todas sus empresas, el 003 y todas sus empresas, y el 022-022, en el marco de los establecido por la Resolución D.E. N° 327 de fecha de fecha 3 de noviembre de 2009 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), superen el monto establecido para el primer intervalo de pago: 

GRUPO DE PAGO 16: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 23 de agosto de 2023. 

GRUPO DE PAGO 17: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 24 de agosto de 2023. 

GRUPO DE PAGO 18: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 25 de agosto de 2023. 

GRUPO DE PAGO 19: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 28 de agosto de 2023. 

GRUPO DE PAGO 20: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 29 de agosto de 2023. 

Determínase el día 11 de Septiembre de 2023, como plazo de validez para todas las Órdenes de Pago Previsional, y Comprobantes de Pago del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones No Contributivas.

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación N° 35.175 del 22 de mayo de 2023.  

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