miércoles 4, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Juzgados de Familia modifican criterio de actualización de intereses

ESCENARIO. El tribunal de Familia interviniente desaconsejó el vínculo paternal.
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En el marco del proceso inflacionario que atraviesa el país, el fuero de Familia de la ciudad de Córdoba anunció que modificará el criterio para la actualización de los intereses en planillas de deudas judiciales.

En forma unánime se resolvió que se aplicará, en concepto de interés en las liquidaciones a formularse, 3% nominal mensual más la tasa pasiva que publica el Banco Central de la República Argentina, a partir del 1 de enero de 2023.

Mediante un comunicado, los magistrados precisaron que buscan “que las personas que litigan en los juzgados de Familia no obtengan resoluciones diferentes en cada tribunal, sin perjuicio de la facultad que otorga el artículo 771 del Código Civil y Comercial (CCC), conforme las especificidades del caso concreto”.

“Hemos verificado que en una serie de pronunciamientos judiciales dictados en los últimos meses, juzgados de primera instancia (civiles de capital e interior y con competencia en Familia del interior de la provincia) y cámaras de apelación se han expedido sobre la cuestión teniendo en consideración el contexto inflacionario vigente en nuestro país”, plantearon.

Por último, agregaron: “Buscamos arribar a un criterio único luego de analizar los diferentes pronunciamientos que se han dictado, producto de la generalizada crisis económica aguda de nuestro país que sin dudas justifica un cambio en los intereses judiciales vigentes”.  

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