jueves 26, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Ganancias-Sociedades: la AFIP instrumentó la alícuota de distribución de dividendos de siete por ciento

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Rige a partir del período fiscal 2021. La resolución general 5060 establece la forma para el ingreso de la retención del gravamen derivada del pago o puesta a disposición de dividendos y utilidades en el procedimiento para el ingreso de la retención del tributo. La norma instrumenta el cambio de la alícuota prevista en la normativa anterior de 13% a 7%.Se recuerda que la ley 27630 profundiza la progresividad del impuesto a las Ganancias-Sociedades al contar con un esquema diferenciado de alícuotas según el tramo de ganancia de la empresa

Resolución General 5060/21-AFIP

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