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El cazador que confundió a una persona con un animal

3 septiembre, 2015
El cazador que confundió a una persona con un animal
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Por Justo Laje Anaya. Profesor de derecho penal

Según las noticias del 28 de agosto de 2015, el hombre se encontraba en un coto de caza en las sierras de Córdoba, y se confundió; en vez de matar al jabalí, el disparo causó la muerte a otro cazador que se encontraba en las cercanías. Se informó, igualmente, que el autor quedó detenido por homicidio culposo.
¿Es posible confundir a una persona con un jabalí, y creer que se dispara contra dicho animal? Según las circunstancias de este caso, se ve que nada es imposible, aun cuando fuese posible admitir como poco posible, dicha confusión. Veamos algunas hipótesis.

Primera hipótesis
Sin ser empleada todavía para su uso específico, el cazador llevaba el arma cargada pero sin seguro. Al cruzar un alambrado, la parte pertinente del arma rozó una superficie que sobresalía; por ello, se disparó y el proyectil así expulsado, alcanzó y mató a la persona que se hallaba muy cerca. El accidente es, sin embargo, imputable como homicidio culposo, porque las armas cargadas, deben ser llevadas con seguro; precisamente, para evitar resultados dañosos. y para evitar también, que el diablo las pueda descargar. El cazador fue negligente, y por esa negligencia, una persona perdió la vida.

Segunda hipótesis
Ahora el cazador, sabiendo que el arma se hallaba con proyectiles, y lista, apuntó en dirección a lo que estimó era un animal, mas resultó que era una persona. La ignorancia sobre el verdadero estado de las cosas, le impidió saber que era una persona, y creer, equivocadamente, que disparaba contra un animal. Si la equivocación le fuera imputable por negligencia en no haber puesto mayor, y mejor atención para despejar cualquier error, entonces el homicidio será culposo. De nuevo, el cazador fue negligente.

De cualquier forma, estos resultados no son intencionales, porque la muerte se presenta como un hecho cometido sin querer. Es que el error, al impedir se comprenda el sentido que tiene lo que se hace -lo que conduce a un obrar de buena fe- quita al hecho, de malas intenciones. Esto quiere decir, frente al homicidio, que el autor careció de la intención de matar a una persona aunque tuviera intención de matar a un animal. En la culpa no se castiga la buena fe sino el resultado dañoso para los derechos de un tercero, en razón de que por negligencia, no se llegó a conocer lo que era real y se tuvo como verdadero lo que era falso. Es sabido, por otra parte, que una forma de la culpa es la negligencia.

Tercera hipótesis
Ahora, el cazador apuntó al animal, pero por mala puntería el disparo se desvió y causó la muerte al tercero que se encontraba en la cercanía. Aquí, se sabe que el arma se dirige, se apunta contra un animal, y se dispara. En todo caso, se cree que el animal morirá. Pero resultó lo contrario. El homicidio también será culposo, porque fue un efecto que se causó sin querer; se creyó que dicho efecto no ocurriría. Aunque hubo intención de matar, esa intención estuvo dirigida a matar a un animal pero no a una persona.

Cuarta hipótesis
El cazador ahora duda sobre si el blanco que se le presenta es una persona o un animal. Su conocimiento ya no es falso porque no está en error, sino que es un conocimiento incierto creado por la duda. Si disparara el arma y resultara ser que la víctima no era un animal, sino una persona, no estará en culpa sino que la culpabilidad será más grave; será – técnicamente dicho– una culpabilidad dolosa y, la muerte, será ejecutada con dolo. Ello, no sólo porque quien está en duda debe abstenerse de obrar, sino porque lo único que impide comprender lo que en realidad se hace, es el error que, por ser error, conduce a la buena fe. Por el contrario, la duda, conduce a la mala fe y por eso el obrar no es culposo.

Quinta hipótesis
Aquí no hay error, ni hay duda, porque el saber es cierto y por ser tal, se conoce el verdadero estado de las cosas. Entonces, además de saber lo que se hace, se comprende el sentido que tiene lo que se hace y se quiere el hecho que se ejecuta. El cazador sabe que a quien dirige el arma y la dispara, es una persona. El homicidio será atribuido como homicidio intencional y a este título deberá responder. Aquí no hay cazador negligente; hay un cazador homicida.

Quizás nos podríamos preguntar por la hipótesis en la que ya no se obra con culpa. Digamos que si en efecto ello ocurriera, el autor del hecho no habrá cometido delito alguno y, quedará sin pena, porque no basta que se cometa un hecho ilícito; es preciso que sea cometido intencionalmente, o al menos, por no haber observado los cuidados que las circunstancias imponían. Cuando antes de obrar, se ponen en práctica las diligencias necesarias para conocer el verdadero estado de las cosas y, dicho estado no puede ser conocido porque es muy difícil, o imposible conocerlo, entonces ya no habrá culpa y, la imputación deberá ser cancelada.

Conclusión
Cuando la práctica de la caza deportiva se lleva a cabo de noche, es preciso, para conocer el verdadero estado de las cosas, el empleo de luces, linternas o reflectores; todo, para no confundir una persona, con un animal. Por último, ¿qué hubiese ocurrido si aquel cazador hubiese disparado contra una persona, y hubiese, por mala puntería, cazado al jabalí? Seguramente aquí, la pregunta despertará problemas de tentativa de homicidio. Pero al fin, se habrá cazado.

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