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Comercio y Justicia 85 años

Difunden plan de contingencia para contener asistir a las víctimas de violencia familiar en pandemia

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La medida fue dispuesta por el Ministerio de la Mujer de la Provincia de Córdoba de la República Argentina teniendo en cuenta que las mujeres que atraviesan estas situaciones, necesitan mayor apoyo y protección debido al riesgo que se puede presentar en un contexto de aislamiento social

Ministerio de la Mujer de la Provincia de Córdoba- Argentina

Resolución N° 36

Córdoba, 20 de Marzo de 2020

VISTO: Que el Decreto N° 195/20, La Ley de Emergencia Pública Sanitaria de la Provincia de Córdoba N° 10.690, la Resolución N° 142/20 de la Secretaria General de la Gobernación y atendiendo a que el Estado de la Provincia de Córdoba lleva adelante una Política Pública sostenida en materia de Equidad de Género y Lucha contra la Violencia a la Mujer, como así también en materia sanitaria.

Y CONSIDERANDO:

Que en el marco de la Emergencia Sanitaria Nacional dispuesta por Decreto N° 486/2002, Ley N° 27.541 y DNU N° 260/2020, el Gobierno de la Provincia de Córdoba ha dictado el Decreto N° 156/2020 y Decreto N° 157/2020 estableciendo el Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria, ante la detección de casos de Dengue, Coronavirus, Sarampión y cualquier otra enfermedad de alto impacto sanitario y social que puedan causar brotes y epidemias que afecten o puedan afectar a la Provincia de Córdoba.

Que siguiendo lo establecido en la normativa nacional y provincial mencionada, a través del Decreto N° 195/2020 y por las mismas razones expuestas, ha dispuesto adherir a lo resuelto por el Estado Nacional al res-pecto, por ello dispondrá el receso de la Administración Pública Provincial centralizada y descentralizada, a partir de las catorce horas (14hs.) del día diecisiete de marzo, y hasta el día 31 de marzo próximo, estableciendo excepciones de las áreas indispensables para garantizar el funcionamiento del estado provincial.

Que en dicho decreto se exceptúan las áreas indispensables para el funcionamiento del estado provincial las cuales se explicitan en la presente norma.

Que el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia mediante Acuerdo Reglamentario N°1620 declaró receso judicial extraordinario por razones sanitarias, desde el 17 hasta el 31 de marzo inclusive.

Que mediante Resolución Numero 142 dictada por la Secretaria General de la Gobernación, se aprueba el instructivo correspondiente al receso estableciendo las guardias mínimas y la modalidad de “teletrabajo “

Que conforme el Decreto N° 1615/19 en su artículo 40 son funciones de este Ministerio adoptar las medidas necesarias para erradicar la violencia contra las mujeres, la violencia intrafamiliar violencia basada en género, como así también la prevención de la trata de personas en todas sus modalidades, los delitos conexos y delitos contra la integridad sexual garantizando la plena vigencia de sus derechos; dirigir gestionar y coordinar el Polo Integral de la Mujer en Situación de Violencia, y ser autoridad de aplicación del Programa “Córdoba con Ellas “implementado por el Decreto N° 1330/16.

Que, para muchas personas, en su mayoría mujeres, niños/as y adultos mayores, el hogar es un lugar de riesgo vinculado a situaciones de violencia por razones de género, que se intensifican con el estrés causado por la evolución de la pandemia, el miedo al contagio y, la incertidumbre económica, los cambios de rutina y la permanencia en la casa. El aislamiento de contacto y circulación que se plantean como necesarios para combatir el coronavirus, no implican el aislamiento social o la pérdida de vínculos personales. Es en estas situaciones, donde las mujeres que atraviesan situaciones de violencia, necesitan mayor apoyo y protección.

Que atento a las situaciones de riesgo que se pudieran presentar en este nuevo escenario y con la limitación de la circulación, es que resulta necesario generar un Plan de Contingencia para contener asistir y ofrecer protección a las Victimas, como así también organizar y extremar las medidas de seguridad con el personal de este Ministerio. Todas las acciones que demande este Plan se ejecutaran en articulación von el Poder Judicial, a través del Ministerio Publico Fiscal, y las diversas Áreas de Gobierno involucradas

Que la Secretaria de Lucha contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas ha presentado el Plan de Contingencia para afrontar la situación de pandemia de coronavirus.

Por ello, la normativa citada y en ejercicio de sus facultades;

LA MINISTRA DE LA MUJER

RESUELVE:

Artículo 1°. APRUÉBASE a partir de la fecha del presente instrumento legal el Plan de Contingencia presentado por la Secretaria de Lucha contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas que como Anexo Único forma parte integrante de la presente resolución, sujeto a la vigencia que a tal efecto ha establecido y en el futuro establezca el Gobierno de la Provincia de Córdoba y el Estado Nacional en el marco de la normativa citada.

Artículo 2°. INSTRÚYASE a la Sra. Secretaria de Lucha Contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas a ejecutar el Plan de Contingencia.

Artículo 3°. INSTRÚYASE a la Sra. Directora General del Córdoba con Ellas a tomar las medidas conducentes para la continuidad del servicio prestado en el marco del Programa “Córdoba con Ellas”, implementado por Decreto Numero 1330/16.

Artículo 4°. INSTRÚYASE a la Sra. Directora General de Coordinación Administrativa a tomar las medidas conducentes para la continuidad del servicio.

Artículo 5°. De forma.

FDO. CLAUDIA MARTÍNEZ, MINISTRA DE LA MUJER

N.de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 100 del 29 de abril de 2020.

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