viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Designan abogados para actuar como procuradores fiscales de Rentas

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Tendrán por fin la gestión judicial y/o extrajudicial de cobranzas de las deudas impositivas en mora y acreencias no tributarias. Mediante tres decretos se nombraron en esas funciones a los profesionales Lucía Carla Gatti, María Belén Biasutti y Joaquín Volpi

Decreto N° 212 

Córdoba, 28 de febrero de 2023 

VISTO: El Expediente N° 0532-000693/2022 del registro de la Subsecretaria Fiscalía Tributaria Adjunta, dependiente del Ministerio de Finanzas.

Y CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones se propone la designación de la abogada Lucía Carla GATTI como Procuradora Fiscal de la Dirección General de Rentas, dependiente del Ministerio de Finanzas. 

Que el sistema provincial de procuración fiscal y la competencia de la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba para disponer la gestión judicial y/o extrajudicial de cobranzas de las deudas impositivas en mora hace necesario, a los fines de contribuir a la eficiencia de la gestión de cobro, designar procuradores fiscales en el marco de la normativa que regula la actividad de éstos. 

Que la señora Lucía Carla GATTI cumple con los requisitos y condiciones que prevé la legislación vigente en la materia, debiendo constituir legajo pertinente y otorgar la fianza respectiva. Por ello, actuaciones cumplidas, las disposiciones del Decreto N° 320/2021, lo dictaminado por la Fiscalía Tributaria Adjunta con el N° 4/2022, por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas al N° 256/2022, por Fiscalía de Estado bajo el N° 705/2022 y en ejercicio de atribuciones conferidas por el Artículo 144 inciso 1° de la Constitución Provincial;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: 

Artículo 1º.-DESÍGNASE a la Abogada Lucía Carla GATTI D.N.I. Nº 32.240.456, Matrícula N° 1-40711, como Procuradora Fiscal de la Dirección General de Rentas para la gestión judicial y/o extrajudicial de cobro de deudas impositivas en mora y acreencias no tributarias administradas por dicha Dirección General, en las distintas Circunscripciones Judiciales de la Provincia. 

Artículo 2º.-ESTABLÉCESE que la Procuradora Fiscal designada en el artículo anterior comenzará a ejercer la representación de la Provincia de Córdoba una vez completado el legajo y constituida la fianza pertinente.

 Artículo 3º.-AUTORÍZASE al señor Ministro de Finanzas para que verifique el cumplimiento del otorgamiento de la fianza correspondiente y proceda a su aceptación. 

Artículo 4º.-DISPÓNESE que el cumplimiento de la designación dispuesta en este acto no demandará egreso alguno, atento las condiciones establecidas en la reglamentación vigente. 

Artículo 5º.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado. 

Artículo 6º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. 

FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS – JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

Decreto N° 213 

Córdoba, 28 de febrero 2023 

VISTO: El Expediente N° 0532-000692/2022 del registro de la Subsecretaria Fiscalía Tributaria Adjunta dependiente del Ministerio de Finanzas. 

Y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones se gestiona la designación de la abogada María Belén BIASUTTI como Procuradora Fiscal de la Dirección General de Rentas. 

Que el sistema provincial de procuración fiscal y la competencia de la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba para disponer la gestión judicial y/o extrajudicial de cobranzas de las deudas impositivas en mora, hace necesario a los fines de contribuir a la eficiencia de la gestión de cobro, designar procuradores fiscales en el marco de la normativa que regula la actividad de éstos. 

Que la señora María Belén BIASUTTI cumple con los requisitos y condiciones que prevé la legislación vigente en la materia, debiendo constituir legajo pertinente y otorgar la fianza respectiva. Por ello, actuaciones cumplidas, las disposiciones del Decreto N° 320/2021, lo dictaminado por la Fiscalía Tributaria Adjunta con el N° 3/2022, por la Dirección de Jurisdicción Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas al N° 257/2022, por Fiscalía de Estado bajo el N° 731/2022 y en ejercicio de atribuciones conferidas por el Artículo 144 inciso 1° de la Constitución Provincial; EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: 

Artículo 1º.-DESÍGNASE a la Abogada María Belén BIASUTTI D.N.I. Nº 29.188.424, Matrícula N° 1-35905 como Procuradora Fiscal de la Dirección General de Rentas para la gestión judicial y/o extrajudicial de cobro de deudas impositivas en mora y acreencias no tributarias administradas por la Dirección General de Rentas, en las distintas Circunscripciones Judiciales de la Provincia.

Artículo 2º.-ESTABLÉCESE que la Procuradora Fiscal designada en el artículo anterior comenzará a ejercer la representación de la Provincia de Córdoba una vez completado el legajo y constituida la fianza pertinente. 

Artículo 3º.-AUTORÍZASE al señor Ministro de Finanzas para que verifique el cumplimiento del otorgamiento de la fianza correspondiente y proceda a su aceptación. 

Artículo 4º.-DISPÓNESE que el cumplimiento de la designación dispuesta en este acto no demandará egreso alguno atento las condiciones establecidas en la reglamentación vigente. 

Artículo 5º.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado. 

Artículo 6º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. 

FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS – JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

Decreto N° 214 

Córdoba, 28 de febrero de 2023 

VISTO: El Expediente N° 0532-000724/2022 del registro de la Fiscalía Tributaria Adjunta dependiente del Ministerio de Finanzas.

Y CONSIDERANDO: 

Que por las presentes actuaciones se gestiona la designación del abogado Joaquín Volpi, D.N.I. N° 33.299.298, como Procurador Fiscal de la Dirección General de Rentas. 

Que el sistema provincial de procuración fiscal y la competencia de la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba para disponer la gestión judicial y/o extrajudicial de cobranzas de las deudas impositivas en mora hace necesario, a los fines de contribuir a la eficiencia de la gestión de cobro, designar procuradores fiscales en el marco de la normativa que regula la actividad de éstos. 

Que el letrado que se designa por el presente instrumento legal cumple con los requisitos y condiciones que prevé la legislación vigente en la materia, debiendo constituir legajo pertinente y otorgar la fianza respectiva. Por ello, las disposiciones del Artículo 96 inciso b) del Decreto N° 320/2021, lo dictaminado por la Fiscalía Tributaria Adjunta con el N° 05/2022, por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas al N° 287/2022, por Fiscalía de Estado bajo el N° 853/2022 y en ejercicio de atribuciones conferidas por el Artículo 144 inciso 1° de la Constitución Provincial; 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: 

Artículo 1º.-DESÍGNASE al Abogado Joaquín VOLPI, (D.N.I. N° 33.299.298), Matrícula N° 13-439 del Colegio de Abogados de Marcos Juárez, como Procurador Fiscal de la Dirección General de Rentas para la gestión judicial y/o extrajudicial de cobro de deudas impositivas en mora y acreencias no tributarias administradas por la Dirección General de Rentas, en las distintas Circunscripciones Judiciales de la Provincia. 

Artículo 2º.-ESTABLÉCESE que el Procurador Fiscal designado en el artículo anterior comenzará a ejercer la representación de la Provincia de Córdoba una vez completado el legajo y constituida la fianza pertinente. 

Artículo 3º.-AUTORÍZASE al señor Ministro de Finanzas para que verifique el otorgamiento de la fianza correspondiente y proceda a su aceptación. 

Artículo 4º.-DISPÓNESE que el cumplimiento de la designación dispuesta en el presente Decreto no demandará egreso alguno atento las condiciones establecidas en la reglamentación vigente. 

Artículo 5º.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado. 

Artículo 6º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. 

FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS – JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

N. de R.- Publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 44 del 6 de marzo de 2023.

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