lunes 4, noviembre 2024
lunes 4, noviembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

Cambian fecha de reunión del Consejo Nacional del Salario Mínimo, Vital y Móvil

ESCUCHAR

Se decidió que se realizará el día 22 de agosto

Resolución 8/22- Cnepysmvym

Ciudad de Buenos Aires, 10/08/2022

VISTO el EX-2020-65730122-APN-DGD#MT, la Ley N° 24.013 y sus modificatorias, el Decreto N° 2725 del 26 de diciembre de 1991 y sus modificatorios y concordantes, el Decreto N° 91 de fecha 20 de enero de 2020, las Resoluciones N° 617 de fecha 2 de septiembre de 2004 y su modificatoria, y la N° 344 de fecha 22 de abril de 2020, todas del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Resoluciones N° 4 de fecha 22 de marzo de 2022 y N° 7 de fecha 3 de agosto de 2022, del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 24.013 se creó el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL.

Que mediante el Decreto N° 2725/91 y sus modificatorios y concordantes, se reglamentó la mencionada Ley y, entre otros extremos, se configuró la organización institucional y operativa del citado Consejo.

Que conforme el Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL aprobado por Resolución M.T.E. y S.S. N° 617/04, y modificatorio, dicho Consejo se reunirá a convocatoria de su Presidente en sesiones plenarias, quien fijará el Orden del Día de las sesiones plenarias ordinarias y de las sesiones extraordinarias convocadas de oficio.

Que por el Decreto N° 91/20 se designó al titular del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el cargo de Presidente del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL.

Que tanto en sesión de la COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MOVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO como en la sesión plenaria ordinaria del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL, de fecha 16 de marzo de 2022, se acordaron los nuevos montos del salario mínimo vital y móvil y prestaciones por desempleo, en distintas vigencias, con la posibilidad de revisionar lo acordado.

Que consecuentemente, mediante Resolución N° 7 de fecha 3 de agosto de 2022, del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, se convocó a los integrantes de dicho órgano a reunirse en sesión plenaria ordinaria, y a los integrantes de la COMISIÓN DEL SALARIO, MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO a reunirse en sesión, para el día 18 de agosto de 2022.

Que ante diversos planteos realizados en relación a la fecha fijada y con el fin de garantizar la participación de todos los integrantes de los referidos órganos, se estima conveniente modificar la fecha y horarios establecidos por la Resolución CNEPYSMVYM N° 7/22.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, aprobado por la Resolución N° 617/04 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y su modificatoria, y por el artículo 1° del DCTO-2020-91-APN-PTE.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modifícase la fecha y horarios de la convocatoria establecida por RESOL-2022-7-APN-CNEPYSMVYM#MT, convocándose en consecuencia a los integrantes del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, a reunirse en sesión plenaria ordinaria para el día 22 de agosto de 2022, a las 15:00 HORAS (QUINCE HORAS), a celebrarse mediante plataforma virtual. Déjase establecido, a los fines previstos en el artículo 137 de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias, la convocatoria a segunda sesión para las 17:00 HORAS (DIECISIETE HORAS) de ese mismo día.

ARTÍCULO 2°.- Fíjase como Orden del Día de la sesión mencionada en el artículo anterior, el siguiente: 1. Designación de DOS (2) Consejeros presentes de cada sector para la suscripción del acta. 2. Consideración de los temas elevados al plenario por la COMISIÓN DEL SALARIO, MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO.

ARTÍCULO 3°.- Modifícase la fecha de la convocatoria establecida por RESOL-2022-7-APN-CNEPYSMVYM#MT, convocándose en consecuencia a los integrantes de la Comisión aludida en el artículo anterior a reunirse en sesión el día 22 de agosto de 2022, a las 14 HORAS (CATORCE HORAS), mediante plataforma virtual, al efecto de tratar lo siguiente:

-COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO – ORDEN DEL DÍA –

– 1. Determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, en el marco de lo dispuesto por el artículo 135, inciso a) de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias.

– 2. Determinación de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, en el marco de lo dispuesto por el artículo 135, inciso b) de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Claudio Omar Moroni

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 34.981 del 11 de agosto de 2022.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?