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Cambian fecha de reunión del Consejo Nacional del Salario Mínimo, Vital y Móvil

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Se decidió que se realizará el día 22 de agosto

Resolución 8/22- Cnepysmvym

Ciudad de Buenos Aires, 10/08/2022

VISTO el EX-2020-65730122-APN-DGD#MT, la Ley N° 24.013 y sus modificatorias, el Decreto N° 2725 del 26 de diciembre de 1991 y sus modificatorios y concordantes, el Decreto N° 91 de fecha 20 de enero de 2020, las Resoluciones N° 617 de fecha 2 de septiembre de 2004 y su modificatoria, y la N° 344 de fecha 22 de abril de 2020, todas del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Resoluciones N° 4 de fecha 22 de marzo de 2022 y N° 7 de fecha 3 de agosto de 2022, del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 24.013 se creó el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL.

Que mediante el Decreto N° 2725/91 y sus modificatorios y concordantes, se reglamentó la mencionada Ley y, entre otros extremos, se configuró la organización institucional y operativa del citado Consejo.

Que conforme el Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL aprobado por Resolución M.T.E. y S.S. N° 617/04, y modificatorio, dicho Consejo se reunirá a convocatoria de su Presidente en sesiones plenarias, quien fijará el Orden del Día de las sesiones plenarias ordinarias y de las sesiones extraordinarias convocadas de oficio.

Que por el Decreto N° 91/20 se designó al titular del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el cargo de Presidente del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL.

Que tanto en sesión de la COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MOVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO como en la sesión plenaria ordinaria del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL, de fecha 16 de marzo de 2022, se acordaron los nuevos montos del salario mínimo vital y móvil y prestaciones por desempleo, en distintas vigencias, con la posibilidad de revisionar lo acordado.

Que consecuentemente, mediante Resolución N° 7 de fecha 3 de agosto de 2022, del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, se convocó a los integrantes de dicho órgano a reunirse en sesión plenaria ordinaria, y a los integrantes de la COMISIÓN DEL SALARIO, MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO a reunirse en sesión, para el día 18 de agosto de 2022.

Que ante diversos planteos realizados en relación a la fecha fijada y con el fin de garantizar la participación de todos los integrantes de los referidos órganos, se estima conveniente modificar la fecha y horarios establecidos por la Resolución CNEPYSMVYM N° 7/22.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, aprobado por la Resolución N° 617/04 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y su modificatoria, y por el artículo 1° del DCTO-2020-91-APN-PTE.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modifícase la fecha y horarios de la convocatoria establecida por RESOL-2022-7-APN-CNEPYSMVYM#MT, convocándose en consecuencia a los integrantes del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, a reunirse en sesión plenaria ordinaria para el día 22 de agosto de 2022, a las 15:00 HORAS (QUINCE HORAS), a celebrarse mediante plataforma virtual. Déjase establecido, a los fines previstos en el artículo 137 de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias, la convocatoria a segunda sesión para las 17:00 HORAS (DIECISIETE HORAS) de ese mismo día.

ARTÍCULO 2°.- Fíjase como Orden del Día de la sesión mencionada en el artículo anterior, el siguiente: 1. Designación de DOS (2) Consejeros presentes de cada sector para la suscripción del acta. 2. Consideración de los temas elevados al plenario por la COMISIÓN DEL SALARIO, MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO.

ARTÍCULO 3°.- Modifícase la fecha de la convocatoria establecida por RESOL-2022-7-APN-CNEPYSMVYM#MT, convocándose en consecuencia a los integrantes de la Comisión aludida en el artículo anterior a reunirse en sesión el día 22 de agosto de 2022, a las 14 HORAS (CATORCE HORAS), mediante plataforma virtual, al efecto de tratar lo siguiente:

-COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO – ORDEN DEL DÍA –

– 1. Determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, en el marco de lo dispuesto por el artículo 135, inciso a) de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias.

– 2. Determinación de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, en el marco de lo dispuesto por el artículo 135, inciso b) de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Claudio Omar Moroni

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 34.981 del 11 de agosto de 2022.

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