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Aumenta el monto de ayuda económica para mujeres víctimas de violencia

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Se denominada “Beca de Asistencia en Situación de Crisis” y a partir de agosto será de $28.000 mensuales

Decreto N° 1086 

Córdoba, 14 de agosto 2023 

VISTO: el Expediente Digital N° 0755-004116/2023 del registro del Ministerio de la Mujer. 

Y CONSIDERANDO: 

Que por las presentes actuaciones se gestiona la modificación del monto de la ayuda económica no reintegrable, ni remunerativa, denominada “Beca de Asistencia en Situación de Crisis”, otorgada en el marco del Programa Nueva Vida creado por Decreto N° 358/2009, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 9283 y su Decreto Reglamentario N° 308/2007. 

Que insta el trámite de marras la Señora Secretaria de Lucha contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas del Ministerio de referencia, propiciando la actualización del monto de la mencionada beca, el que actualmente se encuentra fijado en la suma de Pesos Veinticinco Mil ($25.000) mensuales, conforme al Decreto N° 787/2023. Señala, además, que el citado Programa Nueva Vida tiene por objeto el empoderamiento e inclusión social de las mujeres víctimas de violencia, a fin de afianzar la independencia y autonomía de la mujer, mediante el otorgamiento de contribuciones económicas destinadas a su sustento. 

Que las variaciones económicas que imperan en el país han influido sustancialmente en el costo de vida de la ciudadanía y, en particular, de las víctimas de violencia y su grupo familiar, habiendo quedado desactualizada dicha ayuda económica no remunerativa, por lo que propicia que la misma sea incrementada a la suma de Pesos Veintiocho Mil ($28.000,00) mensuales. 

Que la señora Ministra de la Mujer otorga su Visto Bueno a lo tramitado en autos. 

Que, en virtud de ello, procede en la instancia modificar el monto de la ayuda económica denominada “Beca de Asistencia en Situación de Crisis”, establecida en el marco del Programa Nueva Vida, de conformidad a lo propuesto desde el Ministerio de la Mujer, debiendo gestionarse las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para la implementación de lo aquí dispuesto. 

Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el Área de Asuntos Legales del Ministerio de la Mujer al N° 2023/ALDP-00000736, por Fiscalía de Estado bajo el N° 953/2023 y en ejercicio de atribuciones constitucionales. 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: 

Artículo 1°. – MODIFÍCASE, a partir del 1° de agosto de 2023, el monto de la ayuda económica no reintegrable ni remunerativa, denominada “Beca de Asistencia en Situación de Crisis”, otorgada en el marco del Programa Nueva Vida, creado por Decreto N° 358/2009, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 9283 y su Decreto Reglamentario N° 308/2007, el que queda establecido en la suma de Pesos Veintiocho Mil ($28.000) mensuales 

Artículo 2°. – El Ministerio de la Mujer, como Autoridad de Aplicación del Programa, gestionará ante el Ministerio de Finanzas las adecuaciones presupuestarias de rigor pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en este acto. 

Artículo 3°. – El presente Decreto será refrendado por las señoras Ministra de Coordinación y Ministra de la Mujer y por el señor Fiscal de Estado. 

Artículo 4°. – PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en Boletín Oficial y archívese. 

FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – SILVINA RIVERO, MINISTRA DE COORDINACIÓN – CLAUDIA ROXANA MARTÍNEZ, MINISTRA DE LA MUJER – JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 154 del 17 de agosto de 2023.

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