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Aprueban bases y condiciones de los Premios al Comercio de Córdoba Edición 2021

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La iniciativa tiene por fin reconocer a comercios de productos y servicios que hayan tenido un desempeño destacado y contempla cuatro categorías. La convocatoria cierra el 10 de noviembre y la entrega de premios se realizará el día 25 de dicho mes. (Ver requisitos en Anexo adjunto)

Ministerio de Industria, Comercio y Minería

Resolución N° 76

Córdoba, 25 de octubre de 2021

VISTO: El Expediente Nº 0611-014171/2021, mediante el cual se propicia la aprobación de las Bases y Condiciones de los “Premios al Comercio Manuel Belgrano – Edición 2021”.

Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 062 de fecha 28 de agosto de 2013 del por entonces Ministerio de Industria, Comercio y Minería, se dispuso instituir anualmente los Premios al Comercio de Córdoba.
Que el señor Secretario de Comercio de este Ministerio propicia la aprobación de las Bases y Condiciones de la presente edición la cual se denominará “Premios al Comercio Manuel Belgrano 2021”.
Que el objetivo de la citada premiación está orientado a reconocer y premiar a comerciantes y prestadores de servicios de Córdoba Capital y del interior provincial que hayan tenido un destacado desempeño durante el año en curso y dar a conocer estas buenas prácticas para que sirvan de ejemplo genuino.
Que obran incorporadas a las presentes actuaciones, las Bases y Condiciones de los “Premios al Comercio Manuel Belgrano – Edición 2021”, en las que se detallan, entre otros, los requisitos a cumplimentar por los participantes, presentaciones elegibles, procedimiento de inscripción, descripción de las distintas premiaciones y los criterios de evaluación.
Que en la presente edición se premiarán cuatro categorías en Córdoba Capital: “Comercio del Año”, “Comercio con Trayectoria”, “Comercio Joven” y “Comercio Electrónico”, replicándose las mismas categorías en el interior de la Provincia.
Que se entregará un primer y único premio honorífico por cada primer puesto de cada categoría y se entregaran menciones distintivas para el segundo y tercer lugar de cada categoría.
Por lo expuesto, las facultades concedidas por el artículo 37 del Decreto 1615/19, ratificado por Art. 1° de la Ley N° 10.726 y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio bajo Nº 116/2021

EL MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO y MINERÍA
RESUELVE:

Artículo 1° APROBAR las Bases y Condiciones de los Premios al Comercio de Córdoba Edición 2021: “Premios al Comercio Manuel Belgrano 2021”, que como Anexo I compuesto de siete (7) fojas forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

FDO.: EDUARDO LUIS ACCASTELLO, MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA.

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 224 del 29 de octubre de 2021.

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