Y VISTO…
Y CONSIDERANDO: I. La creciente problemática de Violencia Familiar que se ha tornado cada vez más compleja y diversa. II. Que los cambios que se presentan, resultan acordes a las consideraciones receptadas por la Oficina de Coordinación de Violencia Familiar en el marco de un proceso de análisis integral de la problemática que lleva adelante la nueva oficina y que han sido autorizados por el Secretario General del Tribunal Superior de Justicia, luego de ser sometidos a su consideración. III. Que se le había otorgado a la mencionada Mesa de Entradas, la función de registración de las armas incautadas y su posterior remisión al depósito judicial, en razón de que dicha oficina se hallaba en el Edificio de Policía Judicial, oficina que recientemente se trasladó junto con los Juzgados de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género al nuevo edificio del Fuero, sito en calle San Jerónimo n° 258 de esta Ciudad. IV. Conforme a ello, corresponde que esos Juzgados, registren, ordenen la realización del informe técnico balístico o en su caso la remisión al Depósito Judicial de Tribunales II del armamento y materiales anexos cuya incautación ordenaran, conforme instructivo que se agrega en Anexo.
Por lo expuesto y las atribuciones conferidas por los art. 166 inc. 2 de la Const. Pcial., y art. 12 inc. 1° de la L.O.P.J., el Tribunal Superior de Justicia;
RESUELVE: