El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 119: Traslado de la expresión de agravios. El juez dará traslado de la expresión de agravios a la contraparte por el plazo de tres días. El traslado será notificado personalmente o por cédula. Contestados los agravios o vencido el plazo para hacerlo, se elevará el expediente a la Cámara.