Y VISTO:
Que el Poder Judicial ha fijado un plan de prioridades en materia de tecnología tendiente a proveer a las Oficinas Jurisdiccionales y Administrativas de un sistema de administración de causas – trámites. En el convencimiento de que el uso masivo de estas herramientas proporcionará datos confiables sobre el escenario judicial real, traduciéndose en un alto valor para los lineamientos de futuras políticas institucionales, se hace necesario cubrir con los sistemas de información todo el ámbito geográfico que conforma el Poder Judicial de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que es oportuno proseguir con la implementación del Sistema de Administración de Causas (S.A.C.) para la gestión informática de los trámites iniciados en el Instituto de Medicina Forense del área de Servicios Judiciales. Con participación de personal del Área de Tecnologías de Información y Comunicaciones se ha capacitado a funcionarios y empleados de la citada dependencia. La experiencia recogida en la gestión informática torna viable comenzar la actividad de dicho sistema a partir del próximo 1 de diciembre. Por ello y lo dispuesto por los Arts. 166 inc. 2° de la Constitución Provincial y 12 incs. 1° y 32° de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia N° 8435;
SE RESUELVE:
Artículo 5.- Los errores en la utilización del sistema informático deberán ser corregidos por el propio instituto.
López Peña – Rosemberg