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Fiscalías de Instrucción de la Primera Circunscripción Judicial de Córdoba. Sedes Alta Gracia, Jesús María, Río Segundo y Villa Carlos Paz. Expedientes. Digitalización

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Córdoba, 25 de noviembre de 2020

VISTO:

La aplicación de nuevas tecnologías de trabajo que contribuyen a hacer más eficiente el funcionamiento del Poder Judicial puesto de manifiesto en el Acuerdo Reglamentario (AR) N° 1582 serie «A» de fecha 21/8/2019, por el cual el Tribunal Superior de Justicia resolvió aprobar el plan tendiente a la tramitación íntegramente electrónica de los expedientes judiciales; así como lo resuelto por Acuerdo Reglamentario Nº 1657 serie «A» de fecha 18/9/2020 que dispuso la ampliación de su alcance a aquellos expedientes que habiendo sido originados en papel, se transformen a expedientes electrónicos mixtos.

Y CONSIDERANDO:

1. Que el artículo 9 del AR 1582/2019 «A», faculta a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia con el asesoramiento del Consejo de Coordinación Sistema de Administración de Causas (SAC) y de la entonces Área de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) – hoy Oficina de Modernización -, a dictar las normas generales y obligatorias que aprueben -entre otras situaciones- los cronogramas de avance del plan de despliegue. Que en el referido Acuerdo a la par, se resolvió que la ejecución fuera gradual para todas las sedes.
2. En el contexto reseñado se ha cumplido en una primera etapa con la incorporación a la tramitación electrónica de los fueros Civil, Comercial, Conciliación, Laboral, Familia, Contencioso Administrativo y Electoral en todas sus instancias, y recientemente por las Resoluciones de Presidencia N° 172/2020 y N° 202/2020 de los Juzgados de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de Capital y de los Juzgados de Ejecución Penal de la sede Capital, respectivamente.
3. En adición por AR 1657/2020 «A», se prescribió que la oportunidad de la transformación a expediente electrónico mixto en los fueros penal y violencia familiar se realizaría a medida que las oficinas de dichos fueros sean incorporadas al esquema de tramitación electrónica. Así, por Resolución de Presidencia Nº 204/2020 se dispuso la transformación de expedientes iniciados en papel a expedientes electrónicos mixtos en las fiscalías de instrucción de capital a partir de la clausura de la investigación penal preparatoria. En su mérito, es que resulta necesario y conveniente continuar con la implementación de la tramitación electrónica en el fuero penal de la primera circunscripción judicial de la Provincia (a saber: sedes de Alta Gracia, Jesús María, Rio Segundo y Villa Carlos Paz) disponiendo la transformación a expediente electrónico de todas aquellas causas que actualmente se tramitan en papel, en las que se resuelva el archivo de las actuaciones o se proceda al mérito conclusivo de la investigación penal preparatoria correspondiente.
4. Dicha transformación deberá ser llevada a cabo conforme las pautas establecidas en el anexo único de la citada Resolución de Presidencia Nº 204/2020, por medio de un acto procesal que contendrá: la certificación de las partes que se encuentran debidamente habilitadas, que la totalidad de las resoluciones anteriores se encuentran cargadas en el SAC y que se cierra el expediente papel para transformarse en electrónico mixto. Una vez cumplimentada la transformación, se dispondrá su notificación electrónica. En caso de archivo de las actuaciones, y con posterioridad a la transformación a expediente electrónico mixto, se dejará constancia electrónica de la comunicación del archivo a la víctima (art. 334 CPP). Corresponde a Resolución de Presidencia Nº206 de fecha 25/11/2020.

Por ello, y conforme lo dispuesto por el artículo 166 in fine de la Constitución Provincial, artículos 12 y 14 inciso 3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N°8435 y las facultades conferidas por el artículo 9 del Acuerdo Reglamentario N° 1582 serie «A» del 21/08/2019;

La señora Presidenta del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba
RESUELVE:

Artículo 1. Disponer que las Fiscalías de Instrucción de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia, de las sedes de Alta Gracia, Jesús María, Río Segundo y Villa Carlos Paz, desde el 1/12/2020 y en lo sucesivo, efectúen la transformación de expedientes iniciados en papel a expedientes electrónicos mixtos de las causas en las que se resuelva el archivo de las actuaciones o se proceda al mérito conclusivo de la investigación penal preparatoria.
Artículo 2. Disponer que la transformación resuelta en el artículo que antecede, se efectúe cuando se resuelva por decreto fundado: a. el archivo de las actuaciones, b. o se realice el requerimiento de citación a juicio, c. o de sobreseimiento. Disponer que deberá certificarse que las partes se encuentran debidamente habilitadas y que se cierra el expediente papel para transformarse en electrónico mixto, lo que una vez efectuado deberá ser notificado electrónicamente; todo ello siguiendo estrictamente las indicaciones del punto 5) «Proceso de transformación» del anexo único de la Resolución de Presidencia Nº 204/2020: «Pautas de implementación práctica de la transformación a expediente electrónico mixto en el fuero penal de Capital» en lo que corresponda.
Artículo 3. Disponer la tramitación electrónica exclusivamente de las causas transformadas conforme lo dispuesto en el artículo 1 del presente, en todas las dependencias del Fuero Penal de la Primera Circunscripción Judicial de la provincia de Córdoba.
Artículo 4. Protocolícese en un registro especial.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Incorpórese en la página Web del Poder Judicial. Comuníquese a los Tribunales involucrados, a la Federación de Colegio de Abogados y al Colegio de Abogados. Dese la más amplia difusión y archívese.

María Marta Cáceres de Bollati♦

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