Córdoba, 1º de abril de 2003
VISTO: Los alcances de la Resolución General 26 del 27/6/2002 y su reglamentación. Y CONSIDERANDO: 1º) Que la práctica indica que en algunos casos es exiguo el término de 45 días para la presentación del “Cuerpo de Inscripción” del bien subastado (aplicado en la Resolución de referencia), lo cual hace que permanentemente los usuarios nos requieran la extensión de dicho plazo, entendiendo el inscriptor que estas razones son válidas y justificadas. Por todo ello, y teniendo presente lo dispuesto por el art. 116º de la Constitución Nacional, art. 61º de la ley provincial 5771 y en uso de sus atribuciones, la Dirección del Registro General de la Provincia, RESUELVE: