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Vedan acceso a YouTube durante dos años por amenazar y acosar

PORTAL. El penado deberá borrar el material que publicó y no podrá abrir otras cuentas
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En Valencia, España, la Justicia condenó al acusado a tres meses de prisión por un delito de odio y le prohibió usar su canal en la famosa plataforma. También lo multó y lo inhabilitó

En Valencia, España, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial condenó a un hombre a tres meses de prisión por un delito de odio.

El penado usó su canal de YouTube para difundir vídeos para injuriar, vejar, acosar y amenazar a políticos o guardias civiles del municipio de Faura, en donde vivía, así como a personas de diferentes grupos étnicos residentes en España.

Lugar de los hechos
La sentencia, dictada después de que las partes llegaron a un acuerdo por el que el condenado reconoció los hechos y aceptó la sanción, estableció también la prohibición para de “acudir al lugar del delito” -esto es, el portal YouTube- por dos años, lo que implica el cierre de su cuenta en esa red durante plazo establecido.

El fallo aclara que el encausado no podrá crear otras cuentas en la plataforma y le impone varias multas y seis años de inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión u oficio del ámbito educativo, docente, deportivo o de tiempo libre.

Por último, acuerda la destrucción y el borrado de parte de los videos difundidos.

Los hechos ocurrieron durante el primer semestre de 2020, cuando el hombre publicó en su canal de YouTube material audiovisual, accesible a cualquier usuario de internet y con un potencial de publicidad ilimitado, consistente en vídeos donde vejaba, acosaba y amenazaba a distintas personas conocidas en Faura. En ese canal, muy conocido en el pueblo, expresaba también públicamente un discurso “hostil, violento, denigrante y atentatorio” contra la dignidad de las personas de otras razas residentes en España.

Hacía apología de su expulsión del territorio nacional y del no reconocimiento de sus derechos básicos con un tono “agresivo, retador, despectivo y profundamente ofensivo con incitación a la violencia”, según estableció la Justicia.

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