Pese a que no se le corrió vista de la reformulación de la planilla al impugnante, éste -al presentar la casación- no expuso qué falla concreta existió en el nuevo cálculo efectuado que le produzca un perjuicio concreto, que no sea la impugnación por la mera disconformidad
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) rechazó un recurso directo y confirmó la denegatoria de casación resuelta por una Cámara de Familia, al validar que el recurrente omitió indicar cuál es el error del pronunciamiento impugnado, que aprobó la liquidación final en un juicio de divorcio a fin de que quede demostrada la causa determinante y el interés en obtener la nulidad cuya declaración pretendió.
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