La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal revocó el sobreseimiento de una mujer que fue denunciada por su madre, quien le adjudicó alteración de identidad y falsificación de documento, delitos que habría cometido en perjuicio de sus hijos, nietos de aquélla. La exposición se efectuó ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) y también incluyó el anoticiamiento de los presuntos abusos sexuales que habrían sufrido los menores.
La OVD derivó el caso del abuso a la Justicia ordinaria y la alteración de identidad y falsificación de documentos al fuero Federal.
En el caso anteéste, la defensa de la encartada planteó la nulidad de lo actuado con el argumento de que el código de forma de la Nación le prohíbe a una ascendiente denunciar a su descendiente. El juez de primera instancia compartió ese argumento y sobreseyó a la mujer, pero el fiscal apeló y la Cámara validó lo actuado, revocando el sobreseimiento.
El tribunal recordó que las dependencias públicas tienen la obligación de denunciar hechos presuntamente ilícitos cometidos en perjuicio de menores cuando llegan a su conocimiento por cualquier vía. “La prohibición procesal aplicada con el alcance que sugiere el juez de grado traería aparejado que la Justicia se halle impedida de intervenir respecto de delitos contra menores con la eventual participación de sus padres”, enfatizó.
Así, acotó que no podía interpretarse que la legislación le impida a un familiar directo de la víctima relatar sucesos ilícitos ante la autoridad competente; máxime, cuando por su propia naturaleza tales eventos fueron ejecutados en intimidad. “Una inteligencia así dejaría a la menor en un estado de indefensión y, por ello, confrontaría directamente con diversas cláusulas de la Convención sobre los Derechos del Niño”, resaltó.
Por otro lado, en la causa por abuso que se tramitó en la Justicia ordinaria, tanto la madre de los niños como su pareja fueron sobreseídos por falta de pruebas.