Los demandantes demostraron haber utilizado el acceso a su propiedad durante más de 30 años, sin que se les impidiera hacerlo
La Cámara 7ª Civil y Comercial de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que validó el derecho de paso para acceder a la vía pública de un inmueble encerrado por los lotes de los demandados, situación que se había mantenido durante más de 30 años.
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