El demandado pretendía que la acción fuera derivada al fuero Civil. Sin embargo, el tribunal de alzada ratificó la actuación de la magistrada, al determinarse la materia sobre la que versaba el asunto a dilucidar
La Cámara 2ª de Familia de la ciudad de Córdoba rechazó el recurso de apelación interpuesto y confirmó la competencia material de ese fuero para resolver las cuestiones personales y patrimoniales atinentes a la unión convivencial.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.
Iniciá sesión si sos suscriptor/a