La Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia cordobés consideró justificado el despido en el que se colocó el demandante, frente a la negativa patronal de encuadrarlo en la categoría convencional acorde
Al advertir que los testigos y el peritaje contable coincidieron en que el demandante vendía en nombre de la demandada, en forma personal y habitual, en distintas localidades del interior provincial, con independencia de la calificación que el empleador pretendía adjudicarle, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia (STJ) de Córdoba consideró que el actor se desempeñaba como viajante de comercio, por lo cual consideró justificado el despido ante la negativa de la demandada de otorgarle tal categoría convencional.
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