Entre otras consideraciones, la Cámara Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estimó que es irrazonable que la legislación, a diferencia de anteriores regulaciones, no fije un orden de prelación que les dé primacía a los magistrados designados constitucionalmente por sobre otros abogados que no reúnen esa característica.
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Delitos de corrupción
– La Cámara resaltó la particular situación que se daba en el caso, en el cual separó al juez interviniente, previa declaración de una nulidad.
– Además, subrayó que la tarea de decidir quién debía continuar a cargo de de administrar Justicia se daba en el contexto del fuero federal de la ciudad de Buenos Aires, que tiene competencia para juzgar delitos de corrupción contra la administración pública y otros ilícitos que afectan intereses del Estado.
– En tanto, precisó que aquél cuenta con otros 11 magistrados permanentes de primera instancia, designados con arreglo al procedimiento constitucional, y que todos estaban en condiciones de asumir la dirección de la pesquisa.