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Se necesitan guías “operativas” para reducir la violencia en las cárceles

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En 2014 se produjeron 814 casos de torturas en los establecimientos penitenciarios federales. La PPN interpuso 229 denuncias. Este año se condenó a tres funcionarios.

El año pasado, la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) presentó 229 denuncias ante la Justicia federal de la Provincia de Buenos Aires y de otras provincias por hechos de tortura y/o malos tratos ocurridos en diferentes establecimientos penitenciarios del país.

Del último relevamiento de causas efectuado por el organismo, había 160 investigaciones en curso por hechos de este estilo, de las cuales 106 se encontraban en trámite y tres estaban archivadas.

Mientras tanto, de las 11 causas relevadas en las que se formuló una acusación, en algún momento han sido imputadas 49 personas por su participación en casos de tortura y malos tratos. Recientemente, en junio de 2015, tres funcionarios penitenciarios han sido condenados en primera instancia a penas de hasta nueve años de prisión e inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos, por los delitos de comisión de tortura y omisión de denunciarla.

Los datos fueron brindados por la PPN ante la convocatoria de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos (OEA) al responder un cuestionario de consulta para la elaboración del panorama anual sobre la situación de derechos humanos. Los datos brindados por la Procuración servirán como material para la redacción de su Informe Anual 2015.

Entre los puntos más relevantes del informe elaborado por la PPN, es oportuno destacar lo expuesto en relación con la normativa que regula la utilización de armas en el interior de los centros de detención y a los abusos en el uso de la fuerza física y de armas no letales (como las balas de goma) –en especial aquellos registrados en ocasión de requisas de pabellón- cometidos por agentes penitenciarios en el año 2014. Se hace referencia a las falencias en el entrenamiento que se les brinda a los agentes del SPF en cuanto al desarrollo de habilidades y destrezas en el empleo de la fuerza acordes a los estándares formulados por la Organización de Naciones Unidas y, en especial, en cuanto al trato de personas pertenecientes a colectivos especiales con características específicas (mujeres, LGTTBI y jóvenes).

Entre las sugerencias efectuadas por la PPN en las conclusiones del informe, se resalta, por un lado, la necesidad de sancionar una ley o dictar un reglamento nuevo que regule las prácticas de requisa en el ámbito carcelario federal atento a que la normativa actual habilita afectaciones de derechos humanos de las personas privadas de libertad. Advierte como positivo la PPN que la normativa a ser dictada contemple no sólo estándares de protección de la integridad física y psíquica, y la vida de las personas privadas de la libertad sino también modelos operativos concretos que reduzcan el ámbito de discrecionalidad de los agentes. Por otro lado, se aconseja el establecimiento de un registro mediante libros rubricados de cada oportunidad en la que se dispare un arma de fuego, en el que se dejen asentadas las circunstancias y motivos, así como los eventuales lesionados, la intensificación del control respecto del uso de armamento no letal o las escopetas con balas de goma o el gas lacrimógeno por el riesgo para la integridad que conllevan.

También consideran apropiada la posibilidad de evaluar la pertinencia de incorporar figuras como la del Arrepentido al Código Penal de la Nación, para aquellos funcionarios públicos que no hubieran participado de hechos de agresiones pero sí que hubieran presenciado o tomado conocimiento de éstos.

Deficiencias
En el año 2011 se dictó la Resolución N° 829 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación medinate la cual se aprobó una “Guía de procedimientos para el uso de sistemas de detección de trazas en establecimientos penitenciarios”, en la cual se reglamenta el procedimiento de registro para los visitantes, los detenidos y sus pertenencias mediante la utilización de aparatos electrónicos no invasivos de detección de estupefacientes, armas, explosivos y otros elementos cuya tenencia e ingreso a la cárcel se encuentra prohibido.

La guía resulta la consecuencia directa de la adquisición por la administración pública de escáneres personales y de pertenencias, incorporados en los establecimientos penitenciarios con el fin de erradicar las prácticas vejatorias por las que el Estado nacional ha sido denunciado en diversos foros internacionales. Sin embargo, las denuncias que recibe la PPN relativas a abusos de fuerza y prácticas invasivas sobre los cuerpos de las personas al ser requisadas demuestra deficiencias, irregularidades e ineficacias en la implementación»,explica la Procuración.

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