El Juzgado de Familia de Primera Nominación de la ciudad de Córdoba hizo lugar al pedido de un padre de aplicar una sanción económica a su ex pareja porque la mujer impedía el contacto con el hijo de ambos. El tribunal acreditó el incumplimiento por parte de la progenitora del régimen comunicacional paterno filial, emitido bajo apercibimiento de la multa civil astreintes.
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