El sanatorio y los médicos demandados por los padres de una niña que nació muerta deberán indemnizarlos, pues ante el complejo cuadro que se presentó -nudo real de cordón umbilical- no realizaron la cesárea a tiempo.
Así lo resolvió la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, que confirmó el fallo de primera instancia y destacó que de las conclusiones periciales y de las circunstancias del caso surgía que el fallecimiento de la pequeña se hubiera evitado si su madre hubiese sido operada el día que ingresó a la institución.
“Es reprochable a los demandados la falta de toma de decisiones en situaciones críticas, aptas para evolucionar hacia un desenlace fatal, y de no aportar una acción concatenada y apta para romper el nexo de causalidad entre el trabajo de parto que afectaba a la parturienta y las causas emergentes que provocaron el deceso de su hija, en su seno”, subrayó.
Así, la alzada resaltó que la indecisión para adoptar una conducta adecuada, que pasaba por lo quirúrgico, el dejar transcurrir las horas, confiando “puerilmente en una reversión del cuadro manifestado y en curso”, fue determinante para la entrada en un punto de “no retorno” para la bebé.
“Es procedente el daño moral por la pérdida del bebé, dadas las características de los hechos que desencadenaron su muerte intrauterina, siendo que resulta innegable el impacto y el desgarro moral”, indicó, fijando la suma en 130 mil pesos.
En tanto, afirmó que les correspondía también a los accionados abonar el daño psíquico, que determinó en 40 mil pesos, recordando que se configura con una perturbación del equilibrio emocional que afecta el comportamiento, traduciéndose en una disminución de las aptitudes para el trabajo y la vida de relación.