Comenzó a regir en la provincia de Río Negro el nuevo Código Contravencional, que será aplicado por los jueces y las juezas de Paz. Reemplaza al texto que estaba vigente desde 1969 “y se encontraba totalmente desfasado de la realidad y de las necesidades de la sociedad actual”, afirmaron en el Poder Judicial rionegrino.
El nuevo código reformula los “tipos contravencionales” y suprime artículos del viejo texto que afectaban las libertades individuales. Se incorpora como contravención la figura del “acoso callejero” y agrava las penas previstas para casos de maltrato animal y daño ambiental, y deja de cuestionar conductas y expresiones de la identidad que la vieja ley reprimía.
Asimismo, se modifica el modo de intervención del Poder Judicial. Ahora, la mayoría de las acciones contravencionales es de instancia privada, es decir que se necesita la denuncia de la persona afectada para iniciar una causa. Sin embargo, son de acción pública y no necesitarán denuncia las contravenciones que afecten la integridad de las personas, como el acoso callejero, las afectaciones a niños, niñas y adolescentes, las que generan riesgos de incendio, las faltas relacionadas con el medio ambiente y las contravenciones detectadas in fraganti, entre otras.
Otro cambio sustancial es la incorporación de los métodos autocompositivos de resolución de conflictos, para que la participación de un mediador o mediadora pueda facilitar una solución rápida a los problemas vecinales que se reflejan en las contravenciones.
Las sanciones que prevé el nuevo código se inician con amonestaciones y van en aumento según la gravedad y particularidad de la conducta. Pasan por prohibiciones de asistir a determinados lugares, pautas de conducta específicas, reparación del daño causado, trabajo comunitario, abordaje interdisciplinario, multas, inhabilitaciones, decomiso, clausura y arresto.