sábado 16, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Revocan sentencia que ordenó la restitución de un menor a España

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La Suprema Corte bonaerense revocó el fallo de Cámara que ordenó la restitución internacional de un pequeño.

Para resolver, el tribunal invocó el artículo 13 de la Convención de La Haya, que precisa que no se deben llevar a cabo estos procesos si implican algún riesgo de que el niño quede expuesto a un peligro grave físico o psíquico, o que de cualquier otra manera lo coloque en una situación intolerable.
A su turno, la madre de S.I. alegó que durante el trámite de la causa no se le permitió presentar la documentación que respaldaba su decisión de volver de España con su hijo a Argentina y afirmó que su ex era autoritario.
En la apertura de prueba que dispuso en Alto Cuerpo, el perito psicólogo señaló que el nene hizo un relato sobre su vida en España en el cual no pudo citar un solo recuerdo grato. “Describe escenas de violencia entre los padres, en las que el progenitor amenazaba a la madre con pegarle un tiro y luego lo responsabilizaba a él por las peleas”, acotó en su informe, detallando que no sólo señaló a su padre como “fuente de miedo, malestar y angustia” sino que también se refirió a sus malas experiencias en la escuela.

“En su fantasmática, España resulta para él el lugar de donde provienen todos sus sufrimientos, lo que logró superar a partir de que se estableció en Lanús con su madre”, expresó el experto.
La Corte de Buenos Aires detalló que si bien el Convenio de La Haya establece la obligación del Estado requerido de restituir inmediatamente al niño, también contempla excepciones.

Grave riesgo
En tanto, precisó que al definir la configuración del “grave riesgo”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo que la facultad de denegar al retorno requiere que el menor presente un “extremo de perturbación emocional superior al que normalmente deriva de la ruptura de la convivencia con uno de sus padres”; es decir, la concurrencia de una situación delicada, que va más allá del natural padecimiento que puede ocasionar un cambio de lugar de residencia o la desarticulación de su grupo conviviente.
“Las contundentes conclusiones a las que ha arribado el perito psicólogo que evaluó a S.I., como las propias afirmaciones del niño en la audiencia, acreditan de la concurrencia del grave riesgo que para él implicaría la posibilidad de regresar a España”, manifestó.

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