Al observar injusta y nula la condena en costas solidarias impuesta a dos letrados, a quienes de oficio, sin pedido de parte y sin darle el traslado oportuno para poder ejercer su derecho de defensa de rango constitucional, la Cámara 7ª Civil y Comercial de Córdoba revocó la sentencia dictada por el Juzgado 49ª del fuero y dejó sin efecto aquella decisión, declarando en su lugar que los gastos causídicos se salden por el orden causado, en ambas instancias
El tribunal integrado por los vocales Jorge Miguel Flores y María Rosa Molina, al analizar el recurso de apelación interpuesto por los letrados de la parte actora, evaluó que el acto decisorio recurrido, en el punto resolvió: “II. Imponer las costas a los letrados Dres. Diego R. Ortiz y Ana Carolina Ramondelli Álvarez”.
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