jueves 21, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Retenciones: vuelve a Córdoba expediente iniciado por la SRA

AMPARO. El expediente data de febrero de 2022.
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La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió que regrese a los tribunales de la provincia el pedido de inconstitucionalidad promovido por la Sociedad Rural Argentina

La Sal II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) resolvió que la causa que se generó en Córdoba por un planteo de inconstitucionalidad de las retenciones presentado por la Sociedad Rural Argentina (SRA) vuelva a la Justicia Federal da la provincia.

Lo hizo luego de varios intentos fallidos del Gobierno nacional para que el expediente quedara en la CABA.

En febrero de 2022, luego de que en diciembre de 2021 cayeran las facultades delegadas al Gobierno por parte del Congreso para manejar los derechos de exportación, la SRA recurrió a la Justicia cordobesa alegando que era inconstitucional continuar con el cobro del tributo que, según cálculos, le aportó al Estado más de US$175.000 millones desde su reinstalación, en 2002.

“Nos pareció prudente presentar una acción de amparo que fue presentada en los tribunales federales de Córdoba porque convenimos con la Sociedad Rural de Jesús María y la SRA de poner en valor el federalismo”, dijo en su momentos Nicolás del Pino, titular de la entidad actora.

Apenas asumió, el Gobierno de Alberto Fernández subió las retenciones al campo.

En el caso de la soja, de un 24,7% al momento de dejar el Gobierno Mauricio Macri la alícuota se incrementó al 30%.

Después fueron aumentadas al 33% en el marco de una ley de emergencia que logró el oficialismo.

“Se consideró la importancia institucional del federalismo judicial”, señaló Pino sobre el fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, y añadió que la Alzada “rechazó el intento del Estado por sacar la causa de sus jueces naturales”.

“El tribunal se hizo eco de la posición jurídica expuesta por la SRA y, respaldada en precedentes de la Corte Suprema, atribuyó la competencia a la justicia federal de Córdoba. De ese modo, tuvo en consideración la importancia institucional del federalismo judicial, así como de la necesaria inmediatez entre la justicia y el lugar donde se producen los perjuicios que se procuran evitar”, sumó.

En tanto, la SRA postuló que el Estado Nacional y la AFIP intentaron impedir la continuación normal del proceso con distintos planteos, entre otros, solicitando la intervención de los jueces federales de la CABA.

Ahora, el trámite deberá volver a la Justicia Federal de Córdoba hasta el dictado de una sentencia definitiva que resuelva sobre la constitucionalidad de las retenciones

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