La Cámara 1ª Civil y Comercial de Córdoba revocó el fallo de primera instancia que rechazaba la demanda porque las compras impugnadas se realizaron con fecha anterior a la denuncia policial
Al advertir que, realizada la impugnación del resumen de cuenta de la tarjeta de crédito, era el Banco de Córdoba el que debía acercar al pleito los cupones crédito negados por el actor, la Cámara Civil y Comercial de 8ª Nominación de Córdoba revocó la sentencia que rechazó la demanda, admitiendo la restitución de fondos indebidamente debitados de la caja de ahorro, por resultar improcedentes los gastos imputados a la tarjeta de la cual el actor es titular, y que había denunciado como extraviada.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.