El juez plasmó que escuchar al menor no significa que, eventualmente, no puedan desatenderse sus preferencias si de los elementos obrantes en la causa surge que satisfacerlas no es conducente para su bienestar. Si bien las pequeñas dijeron que querían vivir con su mamá, el progenitor ganó el caso.
El Juzgado de Familia de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, hizo lugar al pedido de tenencia de tres niñas presentado por el padre.
Si bien el tribunal escuchó la opinión de las menores, que manifestaron su intención de seguir viviendo con su mamá, se pronunció a favor del actor.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.
Enfoque
Discrepancia respecto de pautas y valores en la crianza
En su fallo, el sentenciante consignó que los magistrados no son rehenes de los pareceres del niño sino adultos que deben considerar y sopesar las variables con las que cuentan para luego decidir.
En el mismo sentido detalló que si bien la opinión del menor debe ser tenida en cuenta, eso no significa que su punto de vista defina la decisión.
Con respecto a los adultos, manifestó que en la audiencia quedó en evidencia una “enorme discrepancia” respecto de las pautas y valores que cada uno pretende inculcar a sus hijas, con criterios incompatibles y posturas antagónicas, especificando que mientras el padre cree en el orden y el cumplimiento de deberes -como la colaboración en la casa y el rendimiento académico- como método de crianza, la madre se presentó como una persona de conducta más relajada, que no cree en el control.
“No se trata de elegir una de dos alternativas por mero gusto personal sino que considero que las actitud de la demandada no es adecuada para la protección y formación integral de las niñas”, concluyó.