Al interpretar que la sola disponibilidad que invoca el apelante no fue suficiente frente a la prestación insatisfecha del accionante, quien debió continuar sus reclamos y aun así no obtenía la línea telefónica que había contratado, la Cámara 5ª Civil y Comercial de Córdoba confirmó la condenó a Telecom Argentina SA por daño punitivo, al no darle un trato digno al consumidor.
El fallo también ratificó el daño moral y su cuantificación, destacando el valor de la pérdida de tiempo que le insumió realizar los reclamos.
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