En su proceso de quiebra, la empresa que continuó con el giro comercial de la entidad codemandada realizó una confesión judicial respecto del tiempo laborado por el accionante
Al evaluar que en el expediente en donde tramita su quiebra en la provincia de Mendoza la propia demandada, Plus Ultra SA, reconoció la antigüedad a su servicio del trabajador demandante, tal como éste lo reclamó en este pleito en el cual solicitó que se le anexe el período laborado para su antecesora, Cooperativa de Trabajo Transportes Automotores de Cuyo TAC Ltda, la Sala 6ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba admitió las diferencias salariales e indemnizatorias reclamadas por el accionante fundadas en su real fecha de ingreso.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.