martes 24, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Rechazan que la doble audiencia para el divorcio sea inconstitucional

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La Alzada valoró que era una paradoja que el órgano judicial tomara una decisión que les compete exclusivamente a los peticionantes como únicos interesados y que con ello se vulnerara o distorsionara el artículo 19 de la Carta Magna, con el cual fundamentó su decisión.

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