El Juzgado Civil y Comercial de 1º Instancia y 43ª Nominación de Córdoba, a cargo de la jueza Mariana Andrea Liksenberg, resolvió declarar la nulidad de unos pagarés firmados para la adquisición de un vehículo, tras determinar que no cumplían con los requisitos de información exigidos por la Ley de Defensa del Consumidor (LDC).
El fallo se basa en la aplicación de la normativa consumeril, al considerar que la operación se trató de un contrato de consumo entre el vendedor, identificado como comerciante, y el comprador del automotor.
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