Al analizar la mecánica del accidente de tránsito en una encrucijada no semaforizada, el tribunal concluyó que la motociclista incumplió la ordenanza municipal de tránsito y no acreditó que la contraria circulaba a excesiva velocidad
Al quedar acreditado que la accionante no respetó la prioridad de paso de quien circula por la derecha en el cruce de una intersección no semaforizada, el Juzgado de 40ª Nominación Civil y Comercial de Córdoba rechazó su demanda al no existir responsabilidad del demandado.
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