En atención a los dichos de la adolescente y la niña respecto de su interés superior y su centro de vida, principio de estabilidad, tutela judicial efectiva y realidad, el Juzgado 5º de Familia de Córdoba rechazó la solicitud de una madre para que sus hijas cambien su residencia a San Rafael, Mendoza, y ordenó que las menores de edad permanezcan en Córdoba, al cuidado de su padre, con quien ya residían.
El tribunal destacó la importancia de la multidisciplina, al aportar conocimientos específicos que permitieron dilucidar la mejor alternativa para la solución del caso concreto,
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