El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba admitió el planteo de la demandante pero redujo el salario tomado como base para el cálculo indemnizatorio
Al confirmar que la muerte por infarto de un coordinador de viajes de estudio en la ciudad de Bariloche se produjo mientras trabajaba, por lo que debía considerarse un accidente laboral, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba ordenó modificar las indemnizaciones, por cuanto si bien la demandada Polaris Turismo SRL no tenía registrado al difunto, la accionante no fue precisa al señalar el salario y las comisiones que integraban el salario que percibía.
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