domingo 22, diciembre 2024
domingo 22, diciembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

Ratifican que la mejor manera de abordar casos de consumo es por medio del trámite oral

ESCUCHAR

Al rechazar el planteo para que el pleito no se ventilara en un proceso de audiencias, el tribunal sostuvo que la demandada no expuso razones que demostraran algún agravio capaz de torcer la determinación del juez a quo respecto del camino a seguir en la causa

Después de rechazar la inconstitucionalidad del acuerdo reglamentario N° 1735, serie “A”, de fecha 2/12/2021, dictado por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que permite al juez disponer la conversión del proceso, la Cámara 7ª en lo Civil y Comercial de Córdoba validó la decisión del juzgador de primera instancia quien, tras analizar la conformación de la litis, observó que estaba inmersa en un caso en el que se aplica la Ley de Defensa del Consumidor (LDC) y ordenó que se le dé a la acción el trámite oral, como permite la normativa referida al inicio, al ser el proceso de audiencias el más abreviado y, a su vez, no limitar ni vulnera el ofrecimiento ni la alegación sobre la prueba a producirse en la causa.

Apoyá el periodismo especializado e independiente

Este contenido es exclusivo para suscriptores.

Accedé a todo nuestro contenido

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?